La página web de la Presidencia eliminó los elementos de promoción personalizada y propagada en su acceso principal e incluyó la leyenda
a Presidencia de la República acató el ordenamiento de la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) y eliminó los videos del informe por los 100 días de Gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador en su tercer año.
En las redes sociales de la página oficial del Gobierno de la República, así como en las cuentas del mandatario nacional, ya no puede ser consultado dicho evento, mismo que fue considerado por el tribunal como propaganda gubernamental ilegal.
A su vez, la página web de la Presidencia eliminó los elementos de promoción personalizada y propagada en su acceso principal e incluyó la leyenda:
Sin embargo, en otros accesos de la misma página todavía es posible consultar la versión estenográfica de informe del pasado 30 de marzo, así como diversos elementos de propaganda.
Este lunes, la Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) exhortó al presidente Andrés Manuel López Obrador a ajustar sus discursos para evitar interferir en el actual proceso electoral mediante el uso de propaganda gubernamental personalizada.
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Los magistrados concluyeron que el evento de López Obrador por los primeros 100 días de su tercer año de gobierno constituyó un acto de propaganda gubernamental y violó la veda electoral.
Por ello, pidieron al área de comunicación social de la Presidencia que se retirara temporalmente cualquier contenido relacionado a ese evento, tanto de las redes sociales como de las páginas oficiales de la presidencia.
El TEPJF también pidió al mandatario que “ajuste” sus mensajes y mantenga su “imparcialidad” durante el proceso electoral, el más grande en la historia de México, según el Instituto Nacional Electoral (INE).
Los magistrados ratificaron que fue ilícito el evento por los primeros 100 días de gobierno, pues se llevó a cabo cuando varios estados del país estaban en periodo de campañas electorales, como Sonora, Campeche, Colima, Nuevo León, San Luis Potosí y Guerrero.
“La constitución establece la prohibición de difundir propaganda gubernamental durante el periodo que va de las campañas a la conclusión de la jornada electoral, con independencia de que se trate de propaganda gubernamental personalizada o institucional. El evento vulneró justamente la prohibición de difundir propaganda”, explicó la magistrada Janine Otálora Malassis la semana pasada, cuando el TEPJF determinó que dicho evento de AMLO fue ilegal.
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CAB