La Cámara de la Industria de Radio y Televisión (CIRT), el PRI y TV Azteca acusaron al INE por limitar el trabajo periodístico de los comunicadores y periodistas.
Por unanimidad de votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó revocar el acuerdo emitido por el Instituto Nacional Electoral (INE) del pasado 19 de febrero, que prohibía los debates en medios de comunicación entre dos o más candidatos a ocupar algún cargo el próximo 1 de julio.
El TEPJF explicó en un comunicado, que no debe haber mayor restricción al derecho a la libertad de expresión que las que se encuentran previstas en ley y las que se han establecido a través de criterios jurisprudenciales.
El acuerdo emitido por el INE se dio en respuesta a las consultas realizadas por Morena y el Partido del Trabajo (PT) relacionadas con el periodo de intercampañas.
En ese acuerdo, el Consejo General del INE reconoce estar impedido como autoridad para emitir los lineamientos generales que solicitaron los partidos políticos porque carece de facultades para reglamentar, desarrollar o fijar criterios sobre normas que no se encuentran expresamente en la ley, no obstante emitió una opinión a partir de un “ejercicio de reflexión e interpretación” sobre los planteamientos hechos por los partidos políticos en el que impedía a los candidatos, entre otras cosas, de participar en mesas redondas donde haya más de un candidato; o debates en periodos de intercampañas.
Este acuerdo fue impugnado por la Cámara de la Industria de Radio y Televisión (CIRT), por el Partido Revolucionario Institucional (PRI), José Antonio Meade Kuribreña, y por Televisión Azteca S.A. de C.V.
Entre los agravios expuestos, la CIRT y TV Azteca consideraron que el INE excedió sus facultades reglamentarias al establecer reglas para la organización y desarrollo de mesas de debates y de análisis u opinión en las que participen candidatos y sean transmitidos por radio y televisión, imponiendo límites a la libertad de expresión y al derecho a la información que contravienen lo dispuesto en las normas constitucionales, convencionales y legales.
Asimismo, señalaron que el INE, delimitando nuevas conductas prohibidas que no están previstas en ninguna ley, limita el trabajo periodístico de los comunicadores y periodistas, inhibiendo el desarrollo de la prensa libre y, como consecuencia, afectando negativamente el libre debate de ideas que debe nutrir a la opinión pública en el marco de un proceso electoral.
Contenido relacionado
Partidos reciben capacitación del INE contra violencia política de género