Clasificar obras prioritarias del gobierno como de seguridad nacional vulnera el derecho a la información y abre la puerta para que se impugnen todas las acciones del INAI.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó el decreto del presidente López Obrador, que categorizaba a diversas obras públicas como asuntos de “seguridad nacional” para así mantener reservada la información.
En sesión del pleno, el proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá fue aprobado, dando razón a la controversia constitucional interpuesta por el INAI en diciembre de 2021, por considerar que el decreto vulneraba el derecho ciudadano al acceso a la información.
Votaron en contra los ministros afines a AMLO: Arturo Zaldívar, Loretta Ortiz y Yasmín Esquivel. Los otros ocho ministros votaron a favor del proyecto, por lo que se invalidó el decreto.
El proyecto planteó como procedente y fundada la impugnación, puesto que el clasificar obras prioritarias del gobierno como de seguridad nacional vulnera el derecho a la información.
“El proyecto propone que es inconstitucional este acuerdo porque su amplitud y su ambigüedad obstaculizan e inhiben el acceso a la información a toda la ciudadanía respecto de las obras del gobierno de México. Además, tal y como está formulado el acuerdo analizado pone en entredicho las obligaciones de transparencia que pesan sobre las autoridades que ejercen recursos públicos y que tiene como objetivo permitir un control ciudadano sobre este objetivo”, dijo el ministro ponente.