Fue desechada por la ausencia de firmas autógrafas, pese al requerimiento de la Corte de que los senadores subsanaran este error
Un ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó la acción de inconstitucionalidad promovida por senadores del Partido Revolucionario Institucional (PRI) en contra de las reformas a la Ley de Hidrocarburos.
El ministro notificó que “por manifiesta improcedencia” determinó desechar el recurso que a principios de este mes el grupo de senadores presentó en contra de las reformas a la Ley de Hidrocarburos, al argumentar que ésta favorece la formación de monopolios y contraviene la libre competencia en el sector.
“Se desecha de plano, por notoria y manifiesta improcedencia, la acción de inconstitucionalidad que hacen valer quienes se ostentan como senadores integrantes de la Sexagésima Cuarta Legislatura del Congreso de la Unión”, detalló la resolución.
El ministro tomó la decisión debido a que la demanda de los legisladores no contenía firmas autógrafas. Pese que Pérez Dayán solicitó a los senadores que presentaran la demanda con las firmas, éstos le remitieron otro documento con el acuse de recibo por parte de la Corte.
“En el escrito con el que se desahoga la prevención, se exhibió un documento que comparte las características de lo que originalmente se depositó, es decir, el texto es el mismo, pero no contiene las firmas autógrafas de sus promoventes; la única diferencia radica en que en la hoja uno aparece el sello de acuse de recibido de tres de junio de dos mil veintiuno de la Oficina de Certificación Judicial y Correspondencia de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación”, aseguró el juzgador
“Se desecha de plano, por notoria y manifiesta improcedencia, la acción de inconstitucionalidad que hacen valer quienes se ostentan como Senadores integrantes de la Sexagésima Cuarta Legislatura del Congreso de la Unión”, detalló el acuerdo publicado por la Corte la noche de este jueves
La queja de los senadores del PRI ante la SCJN fue contra los cambios que aprobaron el grupo parlamentario de Morena y otros partidos, por mayoría, el pasado 22 de abril.
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Señalaron que la ley contraviene los principios de libre competencia e igualdad, también impacta la retroactividad, confianza legítima y estabilidad regulatoria, que son principios tutelados por la Constitución.
El pasado 3 de junio, senadores del PAN, PRI, PRD y Movimiento Ciudadano argumentaron ante la SCJN que las reformas violan la libre competencia y los principios de legalidad y de seguridad jurídica al permitir la acción arbitraria y unilateral de la autoridad, por ejemplo en la revocación de permisos.
El día previo, la oficina de la Presidencia impugnó las suspensiones provisionales otorgadas en mayo contra de la entrada en vigor de la Ley de Hidrocarburos.
La Secretaría de Energía y la Comisión Reguladora de Energía también presentaron recursos de queja contra la suspensión concedida por el titular del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, Juan Pablo Gómez Fierro a la empresa Ventury JBR, S.A. de C.V, que reclamó la exclusividad de Petróleos Mexicanos para la explotación de hidrocarburos en el país.
La entrada en vigor de la reforma a la Ley de Hidrocarburos, publicada el pasado 4 de mayo, se detuvo luego de que Gómez Fierro otorgó las suspensiones con efectos generales, argumentando que, con ello, se evitará dar ventaja competitiva a los quejosos.
La reforma al artículo Décimo Tercero Transitorio de la Ley de Hidrocarburos permitió que se elimine el denominado “piso parejo” en el sector energético.
El cambio a este artículo implicó la eliminación de la regulación asimétrica, que es el conjunto de normas que buscan crear igualdad de condiciones entre las empresas privadas y Petróleos Mexicanos (Pemex) en la venta de combustibles.
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CAB