La SCJN aprobó la inconstitucionalidad con seis votos a favor. El lunes decidirán si su sentencia tendrá repercusiones a investigaciones previas
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional que la Fiscalía General de la República (FGR) acceda a información bancaria sin orden judicial.
El Pleno de la Corte determinó que la facultad contenida en el artículo 142, fracción I, de la Ley de Instituciones de Crédito, viola el derecho a la vida privada de las personas.
La SCJN aprobó la inconstitucionalidad de la medida con seis votos a favor y cinco en contra, pero será el próximo lunes cuando decida si su sentencia tendrá repercusiones a investigaciones previas.
Al hablar a favor, el ministro Jorge Pardo Rebolledo aseveró que el criterio de la Corte de declarar inconstitucional dicho artículo podría poner en riesgo las investigaciones que realiza el Ministerio Público Federal.
En caso de que se le den efectos retroactivos se podrían ver afectados casos como el que se desahoga contra el ex director de Petróleos Mexicanos (Pemex), Emilio Lozoya.
La medida permitía a la FGR solicitar a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores información financiera y bancaria de ciudadanos sin que un juez lo autorizara.
Durante la sesión, el Ministro Juan Luis González Alcántara defendió que pueden existir “medidas legislativas más adecuadas” que obliguen a buscar “autorización judicial previa a la irrupción de la vida privada de los ciudadanos”.
Mientras que el Ministro presidente Arturo Zaldívar dijo que el combate de delito debe hacerse “anteponiendo la Constitución y los derechos humanos”.
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