Luego de revisar el caso, la SCJN señaló que la forma en la que fueron ultimados los dos canes, en 2021 en Querétaro, fue bajo métodos de crueldad animal
La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación dictaminó que es constitucional la pena impuesta a Benjamín “N”, después de envenenar a tres perritos que eran rescatistas de la Cruz Roja en Querétaro, en el 2021.
Ante ello, revocó el amparo concedido a Benjamín “N” por el asesinato de Athos y Tango, con el que había conseguido reducir su sentencia de 10 años de cárcel.
Por lo que se avaló que se impongan penas mayores a quienes cometan delitos en contra de animales que además utilicen métodos crueles.
La decisión se originó a partir del caso de Benjamín “N”, quien envenenó a tres perros rescatistas en Querétaro en 2021, resultando en la muerte de dos de ellos, Athos y Tango, mientras que Balam sobrevivió.
Benjamín, inicialmente, fue condenado a 10 años; sin embargo, su defensa apeló la sentencia, pero un tribunal de apelación confirmó la decisión.
Posteriormente, Benjamín interpuso un amparo directo al que se adhirió el dueño de los perros como parte ofendida. Este amparo fue concedido por el Tribunal Colegiado que argumentó que la agravante de “utilización de métodos crueles” violaba el principio de no doble penalización.
Sin embargo, la Primera Sala de la SCJN examinó las diferencias entre maltrato y crueldad animal determinando que la utilización de métodos crueles no sólo aumenta el sufrimiento del animal, sino que también afecta su dignidad.