Los magistrados del Tribunal Electoral coincidieron en que Porfirio Muñoz Ledo no cumplió con el procedimiento del partido y manifestó sus aspiraciones de manera tardía, por lo que “no había deber alguno para considerar su perfil”.
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la decisión de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena para no incluir a Porfirio Muñoz Ledo en la lista de candidatos de reelección a diputado federalporque no cumplió con el procedimiento y manifestó sus aspiraciones de manera tardía, por lo que “no había deber alguno para considerar su perfil”.
El 15 de diciembre de 2020, Muñoz Ledo presentó ante la Secretaría General de la Cámara de Diputados una carta intención para ser reelecto; el 23 de ese mes, el Comité Ejecutivo Nacional de Morena emitió la convocatoria al proceso de selección de sus candidaturas a diputaciones federales por los principios de Mayoría Relativa y Representación Proporcional, pero la Comisión Nacional de Elecciones le hizo ajustes y después publicó la lista de candidaturas.
El 29 de marzo de 2021, Porfirio Muñoz Ledo presentó un escrito ante la Comisión Nacional de Elecciones para ser considerado para su reelección, pero no fue seleccionado, decisión que impugnó ante la Sala Superior del Tribunal Electoral que en mayo ordenó a la comisión de Morena decidir si tenía o no derecho a ser considerado.
La comisión confirmó la negativa, pues Muñoz Ledo “no hizo el registro de acuerdo con la convocatoria interna del partido”, lo que el diputado volvió a impugnar.
Esta tarde, los magistrados de la Sala Superior respaldaron la decisión de la comisión alconsiderar improcedentes los alegatos de Muñoz Ledo quien sostuvo que se incurrió en una omisión procesal, incumplieron con las obligaciones establecidas en la Ley General de Partidos Políticos y en su estatuto interno.
Muñoz Ledo alegó además que realizó su registro en tiempo y forma, sin embargo, el proyecto deja claro que “fue correcto lo resuelto por la responsable ya que todo aspirante a una candidatura por elección o reelección, militante o externo, debía inscribirse al proceso previsto estatutariamente.Le correspondía a él presentar los elementos que acreditaran su participación en el proceso.
“No se evidencia que haya participado en el proceso de selección, al contrario, se evidencia que solicitó ser considerado después de que se presentó la lista de candidaturas ante el Instituto Nacional Electoral. Por lo que al no haberse inscrito en el proceso de selección no debía ser considerado en la contienda”.
Por lo que se confirmó que la decisión de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena de no considerarlo en el proceso electoral fue correcta.
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