Hace unos días, se volvieron virales las imágenes de la denominada “Pareja Movistar” mientras mantenían relaciones en el módulo que atendían en la Línea 3 del Metro de la Ciudad de México.
Olimpia Coral, activista e impulsora de la ley que lleva su nombre, acusó que la difusión de las fotos constituye un delito.
Los hechos ocurrieron en la estación La Raza de la Línea 3 del Sistema de Transporte Colectivo Metro (STC) de la Ciudad de México (CDMX), específicamente en el tramo del transbordo hacia la Línea 5.
Rafael “N”, de 37 años, y Yanei “N”, de 19 años, fueron detenidos por oficiales de la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC), adscritos a la Policía Bancaria Industrial (PBI), mientras mantenían intimidad detrás del módulo de la compañía telefónica, cubriéndose con bolsas negras de plástico. Ambos fueron presentados ante el juez cívico.
La activista señaló que los oficiales habrían cometido un delito al divulgar el video y las fotografías de los infractores, ya que estas imágenes se tomaron sin su consentimiento.
“Quiero recordar que el Art. 199 octies del CP de la #Cdmx castiga la difusión no consensuada de contenido íntimo #LeyOlimpia y que la #LeyIngrid castiga a funcionarios que divulguen información de investigaciones. Además existe la Violencia Mediática y digital”, señaló.
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La Ley Ingrid establece que la divulgación de información e imágenes de las víctimas de un delito constituye una violación a la dignidad de la persona y a la memoria de las víctimas. Por lo tanto, las conductas que se deben erradicar son las siguientes:
“Difundir, transmitir, revelar, publicar, exponer, remitir, distribuir, videograbar, audiograbar, fonograbar, filmar, reproducir, comercializar, ofertar, intercambiar o compartir imágenes, audios o videos o documentos, relacionados con hallazgos o a una investigación relacionados con un hecho delictivo”.
En la Ciudad de México, el Código Penal para el Distrito Federal, en su Artículo 393 QUÁTER, establece penas de 2 a 6 años de prisión y multas de 500 a 1,000 unidades de medida y actualización. Estas penas pueden incrementarse hasta en una tercera parte si la divulgación se realiza con la intención de menoscabar a las víctimas o a sus familiares. Además, las penas aumentan si se trata de imágenes de cadáveres de mujeres, niñas o adolescentes, o si se refiere a circunstancias relacionadas con su deceso, lesiones o estado de salud.
Hasta el momento, las autoridades no han confirmado si tomarán acciones contra los oficiales que documentaron el incidente ni contra quienes filtraron las imágenes. Sin embargo, los usuarios en redes sociales exigen la aplicación de la Ley Ingrid. Aunque no justifican el comportamiento de la denominada “Pareja Movistar”, consideran que ya han sido sancionados y ahora sus identidades siguen expuestas.