Se prevé que la propuesta de Piña Hernández se discuta el 4 de abril en la Sala Principal de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
La Ministra Norma Lucía Piña Hernández propuso en el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) un proyecto para invalidar la prohibición de diez años a altos funcionarios federales de trabajar en empresas privadas luego de paso por el sector público.
La Suprema Corte de Justicia discutirá el 4 de abril el proyecto impulsado por el Presidente Andrés Manuel López Obrador y aprobado noviembre de 2019, en la Ley Federal de Austeridad Republicana.
En caso de que ocho ministros estén a favor de la propuesta, de acuerdo con reportes, la prohibición deberá ser eliminada.
El Articulo 24 de la Ley Federal de Austeridad Republicana señala que los funcionarios de mando superior no podrán ocupar puestos en empresas que hayan supervisado, regulado o respecto de las cuales hayan tenido información privilegiada, en los 10 años posteriores a la salida del Gobierno.
Se entiende como alto funcionario a la persona que haya ocupado un cargo como secretario y subsecretario de Estado, oficiales mayores, jefes de unidad, directores generales y generales adjuntos, así como puestos equivalentes.
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Asimismo, argumenta que la norma impugnada restringe “desproporcionadamente la libertad de trabajo, ya que la duración de diez años de la prohibición de laborar en empresas privadas que los exfuncionarios hayan regulado, supervisado o respecto de las cuales hayan tenido información privilegiada, va más allá de lo que es razonable para proteger los fines perseguidos por la medida”.
El pasado 16 de febrero, un Juez determinó inconstitucional el impedimento de 10 años establecido en la Ley Federal de Austeridad Republicana para que exfuncionarios del Gobierno trabajen en empresas privadas a las que regularon.
El Juez Segundo del Centro Auxiliar de la Primera Región concedió un amparo contra esta norma a un exfuncionario a quien la Sociedad Financiera de Objeto Múltiple (SOFOM) negó darle trabajo por lo previsto en la ley.
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El Juez determinó en aquella ocasión que “la disposición reclamada es violatoria de los derechos a la libertad de trabajo, a un salario digno y a un plan de vida, habida cuenta que, de entre un conjunto de opciones viables, la legislatura optó por la medida más deletérea en perjuicio de los derechos de la parte quejosa”.
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CAB