La resolución del juez aún no está firme, por lo que puede ser impugnada por la FGR ante un Tribunal Colegiado en Materia Penal de la CDMX
Un juez federal otorgó un amparo a Pío López Obrador una sentencia que ordena a la Fiscalía General de la República (FGR) que determine si existen o no elementos para continuar con la carpeta de investigación que integra en su contra, a raíz de los videos donde se le ve presuntamente recibiendo dinero por parte de David León Romero.
Julio Veredín Sena Velázquez, juez Séptimo de Distrito de Amparo en Materia Penal, mencionó que, de no existir diligencias o pruebas pendientes por practicar, el agente del Ministerio Público Federal adscrito a la Fiscalía Especial en Delitos Electorales (FEDE), entonces debe emitir ya su determinación, es decir, si ejerce o no acción penal.
Sin embargo, en caso de existir actos de investigación pendientes por realizar, la FGR tiene que especificar cuáles son y ordenar su realización. Una vez que los concluya tendrá un plazo de 60 días para resolver lo que considere.
La resolución del juez aún no está firme, por lo que puede ser impugnada por la FGR ante un Tribunal Colegiado en Materia Penal de la Ciudad de México a través de un recurso de revisión, el cuál tardaría en resolverse entre tres o cuatro meses. La carpeta de investigación contra Pío López Obrador se inició en 2020.
El juzgador dijo que el tiempo transcurrido afecta la esfera jurídica del quejoso, ya que la omisión de la fiscalía “dejan en total incertidumbre respecto del derecho que tiene toda persona a que se le administre justicia pronta y expedita, siendo que en un Estado de derecho no puede admitirse que la autoridad aplace indefinidamente la resolución procedente por falta de actuaciones”.
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“En las condiciones apuntadas, al ser sustancialmente fundados los conceptos de violación hechos valer por la parte quejosa, aunque suplidos en su deficiencia, lo procedente es conceder el amparo, contra del acto que reclamó al agente del Ministerio Público de la Federación, Titular del Núcleo “E” de la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales de la FGR, maestro Héctor Sánchez Zaldívar”, detalla la sentencia
El hermano del presidente Andrés Manuel López Obrador indicó que la FGR ha incurrido en dilación, violando con ello los artículos 17 y 21 de la Constitución.
Lo anterior, porque el Ministerio Público Federal ha realizado diversas diligencias, mismas que fueron practicadas en 2020, pero al año siguiente el fiscal responsable “ya no continuó investigando”, de modo que se vulnera el derecho de acceso a la justicia de manera pronta y expedita.
El juez comentó que esta acción afecta el principio de seguridad jurídica de la parte quejosa, porque existe inactividad en la integración de la carpeta sin causa justificada, máxime que ha transcurrido un plazo razonable para que la Representación Social dicte la resolución que conforme a derecho corresponda.
El 20 de agosto de 2020, se dieron a conocer videos y audios donde se observa a Pío López Obrador y a David León, donde éste último entrega sobres con supuestas cantidades de dinero, recursos que presuntamente fueron con el propósito de financiar al partido Morena y a Andrés Manuel López Obrador en la campaña presidencial de 2018; razón por la que se denunciaron delitos tales como recursos de procedencia ilícita, corrupción, delitos electorales, entre otros.
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CAB