El desvío de recursos impidió que se concluyeran obras de agua potable, saneamiento aguas y alcantarillado en zonas urbanas del estado de Veracruz
La juez Sandra Leticia Robledo Magaña, titular del Juzgado Primero de Distrito de Amparo en Materia Penal, negó el amparo al ex gobernador de Veracruz, Javier Duarte de Ochoa, contra su vinculación a proceso por el delito de peculado por 220 millones de pesos.
La juez consideró que los datos de prueba expuestos por la Fiscalía General de Veracruz son suficientes para establecer la probabilidad de que Duarte de Ochoa y coacusados cometieron, cada uno por sí, un delito.
Indicó que el juez de procesos penales de Xalapa actuó conforme a lo previsto al artículo 19 Constitucional, porque es correcto que haya clasificado la intervención de Duarte de Ochoa como, autor material en términos del artículo 38 del Código Penal de Veracruz y lo vinculara a proceso.
Según la carpeta de investigación, la Fiscalía General de Veracruz acusó que Duarte de haber desvió 220 millones de pesos del presupuesto de la Comisión del Agua local, dinero que nunca se devolvió.
La Fiscalía de Veracruz acusó al ex mandatario de ordenar a su entonces secretario de Finanzas y Planeación que solicitara al director de la Comisión del Agua de la entidad, que de las cuentas bancarias de ese organismo descentralizado transfiriera 220 millones de pesos al erario local.
Ello impactó en que no se concluyeran obras de agua potable, saneamiento aguas y alcantarillado en zonas urbanas, con lo que se acreditó que los recursos no se utilizaron para lo que estaban destinados.
Por ello, se imputó a Duarte de Ochoa y otros coacusados, quienes fueron vinculados a proceso, dentro de la carpeta judicial 56/2017, por el juez de Proceso y Procedimiento Penal Oral del Distrito Judicial de Xalapa.
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