Un juez en Chihuahua otorgó una orden de suspensión provisional a la reforma que eliminó 13 fideicomisos del Poder Judicial de la Federación.
El Juez Décimo Segundo de Distrito, con residencia en el estado de Chihuahua, Juan Fernando Luévano Ovalle, emitió una orden de suspensión provisional en contra del decreto que disuelve los 13 fideicomisos del Poder Judicial de la Federación (PJF), una acción llevada a cabo por el Congreso de la Unión y publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el pasado viernes.
Esta resolución se dio en respuesta a la solicitud de amparo presentada por la magistrada del Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo en el mismo estado, María del Carmen Cordero Martínez, quien es la superior jerárquica del juez federal.
La medida de precaución temporalmente prohíbe al Consejo de la Judicatura Federal (CJF), que es el organismo administrativo del Poder Judicial de la Federación (PJF), la transferencia de aproximadamente 15 mil millones de pesos, que constituyen los 13 fideicomisos eliminados, hacia la Tesorería de la Federación (Tesofe) y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).
La resolución del Juez Luévano Ovalle también impide que estas dos últimas instituciones, que forman parte del Gobierno de México, dispongan de esos recursos.
El juez federal ha programado la audiencia incidental para el 9 de noviembre, en la que se decidirá si se concede o no la suspensión definitiva a favor de la magistrada Cordero Martínez, lo que evitaría que la reforma entre en vigor indefinidamente.
Esta medida suspende la extinción de los fideicomisos, pero no impide que la presidenta del Poder Judicial de la Federación, ministra Norma Lucía Piña Hernández, pueda negociar el uso de los recursos, como lo mencionó en una carta al presidente Andrés Manuel López Obrador, en la que propuso destinarlos a los damnificados por el huracán Otis.
La decisión del juez Luévano Ovalle establece claramente que los fideicomisos deben continuar operando según sus objetivos originales.
También se notifica a las entidades Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos (Banobras) y la Banca de Desarrollo Nacional Financiera (Nafin) que deben acatar la resolución y no disponer de esos recursos.