Este criterio de la SCJN fortalece el esquema de seguridad y procuración de justicia no sólo en la capital, sino en todo el país
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló como legal, a través de una jurisprudencia, el seguimiento de las cámaras de videovigilancia del Centro de Comando, Control, Cómputo, Comunicaciones y Contacto Ciudadano (C5) a personas que hayan cometido delitos, es decir, sí se garantizará la flagrancia equiparada en algún delito.
En conferencia, el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, José Ramón Amieva, aseguró que dicha autorización se debió a que varios detenidos que habían sido sujetos a un seguimiento a través de las cámaras acusaron que se violentaron sus derechos; sin embargo, el máximo tribunal constitucional del país determinó que la Procuraduría General de Justicia (PGJ) capitalina sí puede solicitar el seguimiento.
Subrayó que este criterio de la SCJN fortalece el esquema de seguridad y procuración de justicia no sólo en la capital, sino en todo el país, ya que a pesar de que la CDMX es la primera entidad en el país que cuenta con un esquema de seguimiento operativo entre la SSP y el C5 para la detención de personas, la jurisprudencia ahora es de aplicación nacional.
Contenido relacionado
Sexoservidoras asaltan y golpean a transeúnte en Calzada de Tlalpan #VIDEO