“El derecho a la libertad religiosa supone un verdadero Estado laico que permita la libertad de creer o no creer, incluso de cambiar de credo u opciones fundamentales”, señaló
La Conferencia del Episcopado Mexicano (CEM) rechazó la propuesta del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá de prohibir la colocación de nacimientos navideños en espacios públicos mediante el gasto de recursos del erario de Chocholá, Yucatán que será presentada el próximo miércoles 9 de noviembre.
Mediante un comunicado la CEM señaló que la Declaración Universal de los Derechos Humanos, de la cual México es parte, reconoce el derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y religión como una de las prerrogativas fundamentales de las personas que puede ejercerse tanto en público como en privado.
En la propuesta del ministro, se afirma que la instalación de nacimientos navideños en espacios públicos con recursos del erario del municipio de Chocholá, Yucatán privilegia o considera superior la religión cristiana “sobre el resto de las concepciones de pensamiento o de conciencia.
El proyecto será presentado para resolver el amparo tramitado desde 2020 por un habitante de dicho municipio contra la colocación del nacimiento y adornos navideños alusivos a la religión en espacios públicos significativos de la demarcación.
La CEM señaló que el ejercicio de una expresión religiosa, individual o colectiva, no implica su imposición a los demás.
La Conferencia del Episcopado Mexicano (CEM) dio a conocer varios puntos para el discernimiento en el asunto legal que se votará en la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), con relación a la colocación de un nacimiento en un espacio público en Chocholá, Yucatán, por lo que pidió a los ministros valorarlos y pensar en las terribles contradicciones que se generarían al votar positivamente un asunto de esta naturaleza.
“México necesita unidad, paz. Éstos surgen del encuentro de nuestra vida, más allá de valores meramente instrumentales. Abramos caminos, juntos, para el diálogo y el encuentro, en la búsqueda de un sentido común, orientado por los valores más profundos de todo ser humano”, manifestó.
En el primer punto abordaron la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en su artículo 18, de la cual México es parte; en el segundo, resaltaron que puede ejercerse “tanto en público como en privado” la libertad religiosa, pues es un derecho muy amplio, que implica la libertad de pensamiento, culto y su práctica.
En el tercer punto explicaron que en el centro de este derecho está la facultad de todo ser humano a cultivarse, es decir, a generar cultura, lo que implica tener opciones fundamentales; en el cuarto punto dijeron que el derecho a la libertad religiosa supone un verdadero estado laico.
En el quinto señalaron que en México una corriente política sumamente intolerante quiso prohibir el ejercicio no sólo público, sino también privado de la libertad religiosa; En el sexto señalaron que muchos son los esfuerzos para definir y ofrecer una visión más clara de la libertad religiosa.
En el séptimo, recordaron que el estado laico está llamado a promover el diálogo y la participación cultural, social, etc; y en el octavo, que las creencias religiosas tienen manifestaciones concretas que no se pueden negar
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CAB