Mejía Berdeja recordó que la defensa de Caro Quintero impugnó esta resolución logrando modificar esta sentencia
Gobierno de México presentó hoy en Palacio Nacional un informe detallado de casos sospechosos en donde juzgadores en todo el país liberaron a presuntos criminales, muchos de ellos buscados tanto en México como en el extranjero (como Rafael Caro quintero).
Esto, como parte del debate sobre la prisión preventiva oficiosa que, este 5 de septiembre, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) deberá de resolver.
“Ahora estamos viendo infinidad de casos de jueces [que liberan detenidos]. Esto que pasó hace dos días que se detiene a un señor promotor de violencia en Colima y un Juez lo libera”, dijo el Presidente Andrés Manuel López Obrador el 26 de agosto y citó el caso de José Bernabé “N” , alias “La Vaca”, quien no fue vinculado a proceso después de que lo determinara un Juez en el Estado de México. Luego prometió un informe que hoy fue presentado Ricardo Mejia Berdeja, Subsecretario de Seguridad Pública de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.
Jesús Ramírez Cuevas, director de comunicación de Presidencia de la República, además exhibió cómo PRI, PAN, especialistas, columnistas, periodistas y medios defendieron la Reforma del Artículo 19 constitucional en 2008, cuando se establece la prisión preventiva oficiosa, pero ahora están de de acuerdo con ella.
Dijo que el debate está politizado y no tiene una lógica a favor de las víctimas, siquiera: en 2018 se apoyaba la prisión preventiva oficiosa, ahora abrumadoramente se le rechaza.
El Subsecretario Ricardo Mejía Berdeja expuso, como un primer caso, el de Rafael Caro Quintero, fundador del Cártel de Guadalajara detenido en julio pasado, quien permaneció 9 años libre por un fallo judicial que fue revertido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) cuando ya nadie sabía dónde se encontraba.
“A Rafel Caro se le acusó en diferentes causas penales de privación ilegal de la libertad, de homicidio calificado, de delitos contra la salud y asociación delictuosa, introducción de armas de fuego de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas. Por estos delitos se estableció una sentencia en primera instancia que determinó que se le acumularían 40 años de prisión”, señaló el funcionario.
Mejía Berdeja recordó que la defensa de Caro Quintero impugnó esta resolución logrando modificar esta sentencia, que permitió que en un primer momento se le absolviera de delitos contra la salud, introducción de armas y asociación delictuosa. “Frente a esta resolución promueve luego un amparo y el amparo sobresee, es decir deja sin efecto diferentes delitos, como privación ilegal de libertad, en modalidad la de secuestro, y homicidio calificado cometido en agravio del exagente de la DEA, Enrique Camarena”.
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El Subsecretario indicó que a partir de este amparo se concluyó que Rafael Quintero ya había compurgado diferentes años en prisión “y al no estar ya estos delitos, según el Juez que llevó el caso, se establece su inmediata libertad; en consecuencia Rafael C deja el penal durante la madrugada del 9 de agosto de 2013 cuando el Procurador era Murillo Karam”.
La Corte discute la constitucionalidad de esta medida, que el Congreso de la Unión estableció en el Artículo 19 constitucional desde el 2008 y cuyo catálogo de delitos fue reformado en 2019 por la mayoría de Morena en el Congreso. Los críticos de la prisión preventiva oficiosa han argumentado que la medida afecta principalmente a grupos vulnerables. Pero el Gobierno de México afirma que permite retener a presuntos criminales que, en los juzgados, ya de por sí, sospechosamente la tienen ganada.
El proyecto del Ministro Luis María Aguilar Morales, que plantea declarar inconstitucional esta medida, señala que “configurar a la prisión preventiva como la regla para la consecución del proceso penal le adjudica al proceso penal mexicano un carácter autoritario y arbitrario que atenta también contra la propia funcionalidad del sistema”. El Gobierno federal, por su parte, ha alertado que eliminar la prisión preventiva oficiosa implicaría la pérdida de vidas humanas, tanto de víctimas como de elementos de la policía, el Ejército y los propios jueces.
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CAB