En Mercado Libre se ofrecen armas no letales para defensa personal. ¿Qué establece la ley al respecto?
Las armas no letales para defensa personal están disponibles en sitios como Mercado Libre en México. Ante esta opción, es importante conocer la legalidad de comprar y poseer un arma no letal para este fin.
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¿Cuánto cuestan las armas no letales para defensa personal en México?
En las páginas de compra y venta de productos como Mercado Libre en México, tienen a la venta este tipo de armas no letales para desfasa personal.
Los precios de las armas no letales para defensa personal, son variados, pues algunas cuestan 599 pesos, y otras alcanzan precios de hasta 38 mil 999 pesos.
El precio varía en función del tipo de arma, la munición que incluye y las marcas.
Muchas de estas armas son deportivas, e incluyen pintura, como para actividades al estilo gotcha.
Otras si son pistolas de pimienta para defensa personal, que incluyen la munición y las cápsulas con sustancia.
Algunos vendedores las ofertan como una opción a tener una arma de fuego, pues estas armas no letales para defensa personal, son más seguras para tener en el hogar, sobre todo cuando hay menores de edad.
La mayor parte de estas armas de defensa personal tienen una presentación con plásticos y colores naranjas, que claramente las distinguen de las armas de fuego.
Hay otras, que tienen una imagen más parecida un arma de fuego real.
¿Qué dice la ley sobre portar armas no letales para defensa personal en México?
La Ley de Armas de Fuego en México no es clara respecto a las armas no letales para defensa personal.
En abril del 2023, el diputado del PAN, Jorge Triana Tena, impulsó una iniciativa de reforma para excluir de la prohibición de armas del Ejército mexicano las armas o instrumentos de defensa personal no letales para uso en legítima defensa.
El objetivo de esta reforma, era que los ciudadanos tengan derecho a defenderse, según dijo el diputado Jorge Triana.
Detalló que la portación de armas no letales debe tener como objetivo la autodefensa, y que no se utilice para otros fines como la comisión de delitos.
Actualmente, las armas de fuego permitidas para la protección de un ciudadano son:
“Para protección del domicilio particular, se autoriza el registro de armas cortas (pistolas y revólveres), en los calibres no superiores al 0.380” o 0.38” Especial, respectivamente, excepto los calibres 0.38” Súper, 0.357” Magnum, 5.7 mm, u otros que la Secretaría de la Defensa Nacional dentro de sus facultades considere como de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea”, se puede leer en el artículo 9 de la Ley de Armas de Fuego.
Para tener posesión y portación de cualquier arma, es necesario tramitar un permiso con la Secretaría de la Defensa (Sedena), que es la única entidad autorizada para emitir estas autorizaciones.
La Ley de Armas de Fuego también contempla la posesión de armas para uso deportivo, y para tener el permiso, de igual manera, es necesario realizar el trámite con la Sedena, para posesión y portación.
¿Cuáles son las multas por no tener permiso para portar armas de fuego?
En las últimas reformas a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, el artículo 81 contempla las siguientes sanciones:
“Se sancionará con penas de tres a ocho años de prisión y de cien a cuatrocientos días multa, a quien porte un arma de las comprendidas en los artículos 9 y 10 de esta Ley sin tener expedida la licencia correspondiente.
“En caso de que se porten dos o más armas, la pena correspondiente se aumentará hasta en dos terceras partes.”
De acuerdo con el Código Penal Federal, “un día de multa equivale a la percepción neta diaria del sentenciado en el momento de consumar el delito, tomando en cuenta todos sus ingresos”.
“El límite inferior del día multa será el equivalente al salario mínimo vigente en el lugar donde se consumó el delito.”
¿Es legal vender armas de fuego?
En el caso de los vendedores, su obligación es tener el permiso para la venta o comercialización de armas de fuego y explosivos, según lo indica el artículo 41 de la Ley de Armas de Fuego:
“Se requiere permiso otorgado por el Registro Nacional de Armas de Fuego para dedicarse a la fabricación, comercialización o transporte de armas de fuego y explosivos.”