Esta ley reconoce el desempeño de actividades remuneradas en lugares distintos al establecimiento del patrón
Este martes entró en vigor la reforma a la Ley Federal del Trabajo, en materia de Teletrabajo o home office que reconoce el desempeño de actividades remuneradas en lugares distintos al establecimiento del patrón, por lo que no se requiere la presencia física en el centro de trabajo.
El lunes fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto por el que se reforma el artículo 311 y se adiciona el capítulo XII Bis de la Ley Federal del Trabajo, en materia de teletrabajo o home office.
En el documento se indica que la reforma entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOF.
En diciembre del año pasado el Senado de la República aprobó el dictamen de reforma a la Ley Federal del Trabajo, lo que significa que que por escrito se constarán las condiciones laborales en un contrato, el cual incluirá insumos y equipo de trabajo a los empleados que laboren desde sus hogares.
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Además incluirá los mecanismos de contacto, como el uso de las tecnologías de la información para establecer comunicación entre trabajador y patrón.
A partir de la publicación del decreto en el DOF, se establece que el Poder Ejecutivo Federal dispondrá de un plazo de dieciocho meses para publicar una Norma Oficial Mexicana que rija las obligaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo para el home office.
En junio de 2019 el Senado reguló el home office. La minuta llegó a San Lázaro en ese año, pero no fue hasta diciembre de este 2020 cuando ambas Cámaras la aprobaron. Al final, el dictamen que presentó Baldenebro integró varias de las propuestas del Observatorio Ciudadano de la Reforma Laboral.
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AFG