El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación confirmó la opción de revisar y, si es necesario, revertir, modificar o detener la reforma judicial.
Tras concluir la revisión de las consultas en trámite, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ratificó la posibilidad de revisar y, si es necesario, revertir, modificar o detener la reforma judicial, que entró en vigor el pasado 16 de octubre.
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Durante la sesión de este lunes se revisaron las propuestas de las consultas turnadas a las ministras Yasmín Esquivel Mossa y Lenia Batres Guadarrama.
Desechan proyectos de la ministra Lenia Batres
El Pleno del Máximo Tribuna, en una votación con mayoría de seis contra cinco, resolvió desechar los proyectos de la ministra Lenia Batres Guadarrama, quien en sus tres asuntos debía resolver si procedía conceder las medidas cautelares, entre ellas una suspensión, en contra del proceso legislativo.
Durante el análisis se resolvió que los proyectos presentados por la ministra Batres quedaron sin materia, debido a que los promoventes, integrantes del Poder Judicial de la Federación (PJF), solicitaban detener el proceso de aprobación en el Poder Legislativo.
Dicho proceso concluyó el pasado 15 de septiembre, con la publicación del dictamen de la Reforma Judicial en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y su entrada en vigor al día siguiente.
“Contrario a lo sostenido en el proyecto, el hecho de que la legislación orgánica del PJF no regule expresamente la posibilidad de conceder la suspensión de los actos o normas en este tipo de procedimientos, no puede entenderse que no esté permitido.
“Yo considero puede concederse en los casos en los que la naturaleza del acto o la norma lo permita previa ponderación del ministro o ministra ponente sobre la apariencia del buen derecho y del interés social”, dijo el ministro Luis María Aguilar Morales, al fijar su postura.
“Es una reforma constitucional contra la cual no procede el juicio de amparo y, como consecuencia, tampoco la suspensión; de tal manera que, si los juzgadores pudieran otorgar medidas cautelares no previstas en la ley, estarían de facto legislando, lo cual contraviene o contravendría el principio de separación de poderes y podría llevar a un ejercicio desmedido del poder por parte de esta Suprema Corte”, argumentó la ministra Batres Guadarrama.
El Pleno de la SCJN rechazó los tres proyectos de la ministra Esquivel Mossa, quien proponía desechar las consultas solicitadas por los integrantes de la Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito de PJF.
En estos casos, la misma mayoría que el jueves pasado aceptó la propuesta de trámite para revisar la Reforma Judicial, reiteró que sí se pueden abrir las controversias planteadas en el artículo 11, fracción XVII, de la Ley del PJF.
Debido a que se rechazaron los proyectos, se returnaron los expedientes, para que un integrante de la mayoría que aceptó las consultas elaboren nuevas resoluciones.
Durante la discusión, la ministra Esquivel Mossa solicitó que se aclarara que esta parte de la aceptación de las consultas no detienen el proceso electoral que ya inició para elegir a ministros, jueces y magistrados.
“Esta Suprema Corte es el árbitro de las contiendas que corresponde resolver, tenemos el deber de velar, no solo por una mejor solución técnica y jurídica, sino también por pacificar los conflictos, en lugar de enervar la confrontación pública, como la que hoy tenemos por un mal entendimiento de nuestras decisiones y todavía el día de hoy es oportuno aclarar que no se puede suspender este proceso electoral, en el caso ya que se está dando de admitir esta consulta a trámite”, planteó Esquivel Mossa.
“Es un asunto que todavía vamos a entrar a discusión, que es precisamente el que sigue y los que siguen, como usted sabe y, por lo tanto, el ministro ponente no tiene que hacer ninguna precisión, primero, porque todavía no está decidido, lo vamos a ver en los asuntos de la ministra Batres y, segundo, porque no la solicitaron los peticionarios”, explicó la ministra presidenta, Norma Lucía Piña.