Carmona Gándara fue detenido el viernes 4 de agosto en su domicilio en Cuernavaca, debido a su presunta responsabilidad en las irregularidades relacionadas con el caso de Ariadna Fernanda López
La jueza Cuarto de Distrito de Amparo en Materia Penal en la Ciudad de México, María del Carmen Sánchez Cisneros, otorgó una suspensión de plano a Uriel Carmona Gándara, ex fiscal de Justicia de Morelos, para evitar su extradición a Estados Unidos.
El detenido solicitó la protección de la Justicia Federal al alegar que existía una orden de detención provisional con fines de extradición en su contra. Además, también solicitó no permanecer incomunicado y estar protegido contra cualquier acto de tortura. La suspensión de plano otorgada por la jueza le brinda cierta protección temporal mientras se lleva a cabo el proceso legal correspondiente.
Carmona Gándara fue detenido el viernes 4 de agosto, en su casa de Cuernavaca, como presunto responsable de las irregularidades y alteraciones en el expediente de las investigaciones por el feminicidio de Ariadna Fernanda López Díaz.
El cuerpo de la joven, de 27 años de edad, fue encontrado el 31 de octubre del año pasado en el tramo conocido como La Pera, de la autopista México-Cuernavaca, luego de haber convivido con otras personas en la Ciudad de México.
La Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México solicitó su detención y un juez de Control lo vinculó a proceso, la madrugada del domingo, por lo delitos cometidos contra la procuración y administración de justicia.
En su resolución, la jueza Sánchez Cisneros, aceptó la demanda de amparo y ordenó la medida cautelar, con el objetivo de que la situación se mantenga en el estado que guarda y no se ejecute la supuesta orden de detención con fines de extradición.
En su solicitud, el ex fiscal de Morelos, Carmona Gándara, impugnó lo que calificó como una “inminente extradición, como moneda de cambio”, al Departamento de Justicia de Estados Unidos, sin que las autoridades de ese país la hayan solicitado.
La suspensión otorgada por la jueza de amparo ordena el cese de posibles acciones de incomunicación, tortura psicológica y mediática, y otros actos contemplados en el artículo 22 de la Constitución.