Los nuevos servicios requeridos para la cancelación de facturas estarán a disposición de los contribuyentes en el portal de internet del SAT el 1 de septiembre
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del Servicio de Administración Tributaria, informa que no se tiene previsto una prórroga adicional en la entrada en vigor del nuevo proceso de cancelación de facturas.
Los nuevos servicios requeridos para la cancelación de facturas estarán a disposición de los contribuyentes en el portal de internet del SAT el 1 de septiembre. A la fecha, el 97% de los proveedores de certificación ya están habilitados para operar el nuevo esquema.
El Código Fiscal de la Federación prevé que las facturas sólo podrán cancelarse cuando la persona a favor de quien se expidan acepte su cancelación, con lo que se garantiza el derecho del receptor de enterarse de la petición de cancelación y poder aceptarla o rechazarla
Lo anterior, en razón de que se detectó que algunos contribuyentes emisores de comprobantes los cancelaban injustificadamente de manera unilateral, sin importar que estos ya estuvieran pagados y la operación que soportaban se hubiera realizado efectivamente.
Para implementar este procedimiento de cancelaciones, considerando los avances de los desarrollos tecnológicos, el SAT ya ha dado facilidades que han prorrogado su entrada en vigor, por lo que en definitiva este iniciará el 1 de septiembre de 2018.
Una vez más, el SAT agradece el esfuerzo de los contribuyentes durante el proceso de actualización de la factura, que ha logrado impulsar la modernización tributaria en México.
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