La única limitante que establece es que el uso de esas armas de defensa no provoque la pérdida del conocimiento ni ponga en riesgo la vida del agresor
La Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales del Congreso de Puebla aprobó la reforma que permite el uso del gas pimienta y armas electrónicas como mecanismo de defensa ante un hecho delictivo, la cual solo necesita ser ratificada por el Pleno para que entre en vigor.
La iniciativa modifica el Código Penal del estado y la propuso el gobernador Antonio Gali Fayad, tras la condena social que generó la advertencia del secretario de Seguridad Pública y Tránsito Municipal de Puebla capital, Manuel Alonso García, de que el uso de esa herramienta de defensa por parte de las mujeres podría configurar el delito de “portación de un instrumento prohibido”, por lo que sugirió al género femenino “no poner resistencia” ante una agresión.
La única limitante que establece es que el uso de esas armas de defensa no provoque la pérdida del conocimiento ni ponga en riesgo la vida del agresor.
La reforma establece en el artículo 179 que “no se consideran armas e instrumentos prohibidos los rociadores, espolvoreadores, gasificadores y dosificadores de sustancias químicas que produzcan efectos pasajeros en el organismo humano, sin llegar a provocar la pérdida del conocimiento, siempre que no sean de capacidad superior a los ciento cincuenta gramos”.
Agrega que “tampoco se consideran armas e instrumentos prohibidos las armas electrónicas que sólo produzcan efectos pasajeros en el organismo humano, siempre que su uso no provoque la pérdida del conocimiento ni ponga en riesgo la vida”.
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