El nuevo dictamen establece una definición sobre lo que son mascotas domésticas, así como la prohibición de su venta en mercados y tianguis.
El dictamen para modificar la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente fue avalado por la Cámara de Diputados con 271 votos. Dicha ley prohíbe la comercialización de animales de compañía o mascotas en la vía pública, mercados, tianguis, puestos semifijos, permanentes, temporales o ambulantes.
La modificación se centra únicamente en el Artículo 87 Bis 2, el cual precisa que se entenderá por animal de compañía o mascota el ejemplar de cualquier especie de fauna que, por su comportamiento o conducta natural, pueda convivir con el hombre en un ambiente doméstico, por lo que esta definición excluye a las especies exóticas.
El objetivo de las modificaciones a la Ley de Protección a los Animales es frenar la proliferación de perros y gatos callejeros que pueden llegar a convertirse en un problema de salud pública por la contaminación que producen las toneladas de heces fecales y de orina
De acuerdo con datos de la Facultad de Veterinaria de la UNAM, el animal que tiene mayor presencia en las casas es el perro con 87 por ciento, seguido de los gatos con 23 por ciento; se tiene conocimiento que en 2015 en México había más de 23 millones de perros y gatos, de los cuales 30 por ciento son de hogar y el restante estaba en situación de calle.
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