La disposición limitaba a que las mujeres no podían presentar ninguna demanda por adulterio, lo que hacía que la cuestión fuera siempre un caso de hombres
La Corte Suprema de India despenalizó el adulterio al declarar inconstitucional una ley del Código Penal de casi 160 años de antigüedad que trataba a la mujer como un objeto, y que era considerado por muchos como discriminatoria para las mujeres.
De acuerdo con la antigua legislación, cualquier hombre que tuviera relaciones sexuales con una mujer casada sin el consentimiento de su marido podía ser condenado a pasar hasta cinco años en la cárcel.
La discusión de la ley partió en que si la mujer sostenía una relación extramarital a ojos del marido y éste lo aprobaba, ella es vista como un objeto al que le es posible regular lo que desea o no hacer.
“Cualquier disposición que trata a la mujer en desigualdad no es constitucional”, ha asegurado el presidente del Supremo, Dipak Misra.
“Es hora de decir que el marido no es el dueño de su esposa. La soberanía legal de un sexo sobre el otro sexo es errónea”, ha subrayado Misra, que también ha insistido en la “arbitrariedad” del artículo.
Además, la disposición limitaba a que las mujeres no podían presentar ninguna demanda por adulterio, ni podían ser juzgadas responsables de adulterio, lo que hacía que la cuestión fuera siempre un caso de hombres.
Esta ley contra el adulterio estaba en sintonía con una sociedad india que sigue siendo predominantemente patriarcal, en la que existe una marcada predilección por los varones, ya que perpetúan el linaje, cuidan a los padres en la vejez y les aseguran ingresos.
A ello se suman las costosas (e ilegales) dotes que deben pagar las mujeres en la boda, quienes una vez que se casan pasan a formar parte de la familia del marido.
En 1954, esta misma corte mantuvo la penalización del adulterio considerando en aquella época “que se acepta de forma común que es el hombre el seductor y no la mujer”.
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