La FGR obtuvo una suspensión para evitar entregar el expediente de investigación del caso Pío López Obrador
La ministra Yasmín Equivel Mossa determinó suspender la orden del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) dada a la Fiscalía General de la República (FGR) de entregar al Instituto Nacional Electoral (INE) la carpeta de investigación que lleva a cabo contra Pío López Obrador, hermano del presidente, por los videos revelados en 2020 por Latinus, en los que se le ve recibiendo sobres de dinero de manos del entonces asesor del gobierno de Chiapas, David León.
Así resolvió este martes la presidenta de la Segunda Sala de la Suprema Corte de la Nación (SCJN) la medida cautelar solicitada por la FGR como parte de la controversia constitucional 6/2022 que presentó en enero pasado contra el fallo del TEPJF.
La ministra Esquivel Mossa consideró que al entregar la carpeta de investigación que involucra al hermano del presidente Andrés Manuel López Obrador y a David León Romero al INE, esto vulneraría su derecho a la protección de los datos personales, y “causaría daños irreversibles” al ser “imposible volver las cosas al estado en que se encontraban”, de acuerdo con el documento del incidente de suspensión de la controversia constitucional.
“Esto, debido a que otorgar la documentación solicitada a la Fiscalía General de la República, podría vulnerar el derecho humano de protección de los datos personales, conforme a lo dispuesto en los artículos 6, apartado A, fracción II, y 16, párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, pues en ellos se restringe el uso de la información personal, en aras de preservar la vida privada de las personas involucradas”, se lee en el documento
Y agrega: “De no concederse la medida cautelar (…) se causarían daños irreversibles, porque de otorgarse la documentación solicitada, sería imposible volver las cosas al estado en que se encontraban”.
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En agosto de 2020 salió a la luz un video en el que se observa al hermano del presidente Andrés Manuel López Obrador recibiendo dinero en efectivo de manos de David León Romero, quien entonces fungía como consultor y operador político del gobierno de Chiapas, en la administración de Manuel Velasco, para un presunto financiamiento ilícito hacia Morena.
Como parte de sus investigaciones, el titular de la Unidad Técnica de Fiscalización (UTF) del INE había solicitado a la FEDE una copia simple de una carpeta de investigación, al considerar que la información es necesaria para la sustanciación de diversos procedimientos en materia de fiscalización, pero su acceso le fue denegado, ya que la Fiscalía argumentaba que dicha indagatoria se encuentra regida bajo el secreto ministerial.
Ante la negativa de la Directora General de Asuntos Jurídicos y el Agente del Ministerio Público de la Federación de la FEDE de entregar el material solicitado, el Secretario Ejecutivo del Consejo General del INE promovió dos juicios electorales.
La Sala Superior del Tribunal determinó que “el secreto ministerial no es oponible a las facultades fiscalizadoras del INE”, por lo que la FGR actuó indebidamente.
El pasado 22 de febrero, el TEPJF ordenó a la Fiscalía Especializada para la Atención de los Delitos Electorales (FEDE) entregar al INE copia de la carpeta de investigación del caso Pío López Obrador.
Los magistrados de la Sala Superior del TEPJF resolvieron así el expediente SUP-JE-263/2021, tras considerar que la información es necesaria para que el INE lleve a cabo procesos de fiscalización de los gastos de los partidos políticos, reiterando así su resolución del pasado 22 de diciembre.
Ante esto, la FGR acudió a la Corte a presentar una controversia constitucional contra el fallo del Tribunal Electoral, que los ministros admitieron a trámite.
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CAB