Los costos trasladables no deberán superar los aprobados por el regulador, detalló la CRE.
En sesión ordinaria del Órgano de Gobierno la Comisión Reguladora de Energía (CRE) aprobó un proyecto de resolución por el que se aprueba a Pemex Logística trasladar el costo de las pérdidas no operativas en transporte de ductos a los usuarios.
Con esto, la CRE autorizó la aplicación de la metodología para calcular el traslado aplicable a dichas pérdidas por la prestación del servicio de transporte por ducto de petrolíferos para el año 2022.
El regulador explicó en la resolución que los costos trasladables del servicio de transporte por ducto de petrolíferos de los sistemas permisionados a Pemex Logística, son los montos que se pueden transferir directamente a los usuarios, considerando entre estos, los asociados a las pérdidas operativas o no operativas, siempre y cuando no rebasen el porcentaje aprobado por la CRE.
Detalló que las pérdidas no operativas en un sistema de transporte por ducto son consideradas como la extracción de un determinado volumen de producto de dicho sistema sin la autorización previa del usuario del servicio del transporte ni del transportista.
La CRE expuso en el acuerdo que para que estas pérdidas no operativas puedan ser transferidas a los usuarios, es necesario que éstas queden fuera del control del transportista, es decir, que estas ocurran a pesar de las acciones de mitigación y mantenimiento que éste haya realizado conforme a un programa anual de seguridad y reparación del sistema asociado a la reducción de pérdidas para los próximos cinco años y de una operación eficiente de los sistemas de transporte permisionados.
Pero, añade, las pérdidas no operativas que resulten de la negligencia del transportista, no son consideradas en los costos trasladables y por lo tanto, son responsabilidad del mismo.
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