El gobierno de Argentina promulgó la ley que penaliza la tenencia de pornografía infantil, a través de una modificación del artículo 128 del Código Penal que establece penas de hasta seis años de prisión
La tenencia de pornografía infantil en Argentina será castigada con penas más duras, después que se reglamentó la ley que establece hasta seis años de prisión para, según publica este lunes el Boletín Oficial, con penas de tres y hasta seis años de prisión al que produzca, financie, comercie, publique o facilite por cualquier medio este tipo de contenidos.
Aprobada con una mayoría de 212 votos a favor y una sola abstención, la norma especifica como tal “toda representación de un menor de 18 años dedicado a actividades sexuales explícita o toda representación de sus partes genitales con fines predominantemente sexuales”.
La iniciativa, que promovieron desde el Senado los representantes de Cambiemos Julio Cobos y Federico Pinedo, unificó propuestas originales de distintos bloques para modificar el artículo 128 del Código Penal.
También se castigará con hasta tres años a quien facilite el acceso a espectáculos pornográficos o le suministre material pornográfico a menores de 14 años. Las penas serán un tercio más duras en el caso de que la víctima sea menor de 13 años.
Al respecto, Gabriela Burgos, presidenta de la Comisión de Legislación Penal advirtió que en Argentina “hay un negocio con ganancias de 250 millones de pesos anuales” en torno al material pornográfico de menores, y que el país “está entre los 10 países del mundo que más “bajan” pornografía infantil, y entre los tres primeros de la región que avanza no sólo en ‘bajar’ este material, sino también en producirlo”.
Hasta ahora la ley de Argentina sólo castigaba con prisión la producción y comercialización de este tipo de imágenes.
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