Familiares están obligados a evitar actos de abandono, hacinamiento o desalojo de los adultos mayores o cualquier acto jurídico que ponga en riesgo su persona, bienes y derechos.
Un castigo que va de tres meses a tres años de prisión, dependiendo la gravedad del maltrato, tendrán quienes abandonen a adultos mayores y personas con discapacidad en la Ciudad de México, así lo informó el gobierno capitalino.
El Gobierno de la Ciudad de México señaló que los familiares estarán obligados a evitar actos de abandono, hacinamiento o desalojo de los adultos mayores o cualquier acto jurídico que ponga en riesgo su persona, bienes y derechos.
A través de un comunicado, señaló que con la adición a la fracción X del Artículo 3 y la reforma al Artículo 8 fracción IV de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, se penará este tipo de acciones cuando se realicen de forma consciente y deliberada. También sancionará violencia, discriminación, menosprecio, abuso y explotación, según el decreto publicado en la edición 187 de la Gaceta Oficial.
En la misma publicación, el gobierno local informó que en el caso de ambas poblaciones podrán sumarse otras sanciones por lesión o daño y precisó que si el agresor es ascendente o tutor del ofendido, se le privará de la patria potestad o la tutela.
Las reformas contempladas en los Artículos 156 y 158 del Código Penal prevén que quien exponga en una institución a adultos mayores y personas con discapacidad o imposibilitadas de valerse por sí mismas, serán castigadas hasta con un año de prisión.
Además, se adicionó que la fracción I al Artículo 4 y un párrafo segundo al 13 de la Ley para la Integración al Desarrollo de las Personas con Discapacidad para las adecuaciones respectivas al término abandono.
El decreto entrará en vigor a partir de este 31 de octubre.
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