El TEPJF confirmó el dictado de medidas cautelares a causa de diversos actos efectuados por el Presidente
El presidente Andrés Manuel López Obrador y los 18 gobernadores y gobernadoras de Morena rompieron la veda diseñada para mantener la equidad de la revocación de mandato, confirmó el Tribunal Electoral en dos debates realizados este martes.
Por unanimidad de votos, se reiteraron las medidas cautelares dictadas por el INE para borrar las publicaciones y exhortar al Presidente para que tenga especial cuidado en sus declaraciones.
El sitio de internet del presidente López Obrador y sus redes sociales oficiales publicaron información sobre las reuniones de trabajo que el servidor público llevó a cabo el 12 y 13 de febrero pasados en el estado de Sonora, lo que corresponde a propaganda gubernamental difundida durante un periodo prohibido.
En otro debate, se concluyó que 18 gobernadores, gobernadoras y la jefa de gobierno de la Ciudad de México violaron la misma legislación al emitir un comunicado en apoyo al presidente de la República.
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El Partido Acción Nacional (PAN) presentó una denuncia en contra de un comunicado difundido en redes sociales titulado Gobernadores y gobernadoras de la 4ta Transformación, mediante la que los mandatarios manifestaron su respaldo al presidente de México y destacaron las políticas públicas impulsadas por el gobierno federal.
La Comisión de Quejas y Denuncias del INE declaró procedentes las medidas cautelares solicitadas por el PAN y ordenó retirar el comunicado denunciado. Lo anterior fue impugnado por la jefa de Gobierno y diversas gubernaturas firmantes.
A propuesta del magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera, el pleno de la Sala Superior confirmó la decisión de la Comisión de Quejas y Denuncias del INE.
El Tribunal señaló este martes que la difusión del comunicado sí podría ser contraria a lo establecido en la Constitución federal y en la Ley Federal de Revocación de Mandato. Dicha normatividad establece la prohibición de difundir propaganda gubernamental desde la emisión de la convocatoria a la consulta hasta la conclusión de la jornada de votación.
Los magistrados indicaron que para que las expresiones emitidas por servidores públicos sean consideradas propaganda gubernamental no se requiere necesariamente acreditar que éstas sean financiadas con recursos públicos, sino, solo con que están relacionadas con informes, logros de gobierno, beneficios o compromisos cumplidos por parte de algún representante público.
De este modo, se determinó que las restricciones en materia de propaganda gubernamental pueden materializarse a través de todo tipo de medio de comunicación social, incluyendo las redes sociales.
Durante el periodo de veda, el organismo electoral pidió a los ciudadanos tener cuidado de sus actos y expresiones con motivo de sus funciones.
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CAB