La Secretaría de Gobierno y la Secretaría de Seguridad Ciudadana deberán analizar las bases de datos de personas privadas de la libertad
El gobierno de la Ciudad de México comenzará a gestionar las Solicitudes de Liberación de las Personas Privadas de la Libertad que se actualicen con el Acuerdo del Presidente de la República publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de agosto de 2021 y la Excarcelación de Personas Sentenciadas en Prisión.
De acuerdo con los acuerdos publicados por el gobierno capitalino, la Secretaría de Gobierno y la Secretaría de Seguridad Ciudadana, a través de la Subsecretaría del Sistema Penitenciario, desplegarán diversas acciones para gestionar ante el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México las solicitudes de preliberación de personas sentenciadas, así como para identificar casos tanto de personas en prisión preventiva como de aquellas que hayan sido víctimas de tortura.
Además, la Consejería Jurídica, coordinará en el análisis y gestión interinstitucional para la excarcelación de casos de personas sentenciadas y privadas de su libertad en Centros Penitenciarios de la Ciudad de México.
El documento publicado este viernes instruye a la Secretaría de Gobierno para que coordine y dé seguimiento a las acciones que las instancias de seguridad pública, prevención y reinserción social de la Administración Pública de la Ciudad de México realizarán conforme a lo previsto en el artículo Tercero del presente Acuerdo.
Asimismo, creará el Comité de carácter permanente y obligatorio, el cual deberá de estar integrado por servidores públicos que se encuentren adscritas a las tres dependencias, a fin de dar seguimiento a la implementación de este instrumento.
Está dependencia también deberá promover e impulsar ante los demás Poderes de la Ciudad de México, los órganos constitucionales autónomos y demás autoridades competentes, los mecanismos de colaboración que sean necesarios.
También deberá hacer del conocimiento de los Órganos de Procuración de Justicia y la Defensoría Pública de la Ciudad de México, la información que las autoridades penitenciarias recaben, así como solicitar su actuación para los fines del Acuerdo.
Por su parte, la Secretaría de Gobierno y la Secretaría de Seguridad Ciudadana, a través de la Subsecretaría del Sistema Penitenciario, deberá analizar las bases de datos de personas privadas de la libertad, que sean adultas mayores y que cuenten con sentencia ejecutoriada, a fin de verificar si cumplen con los requisitos previstos en la ley de la materia, para obtener su pre liberación por criterios de política penitenciaria.
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Adicionalmente, deberán revisar la información e identificar aquellos casos en los que existan personas que hayan sido víctimas de tortura que se encuentre acreditada con los dictámenes correspondientes del Protocolo de Estambul, de los que se desprenda que con dicha violación se obtuvo la única prueba incriminatoria en su proceso penal así como gestionar para que las partes legitimadas promuevan ante las autoridades judiciales competentes las medidas pertinentes, respecto de la libertad de las personas.
Igualmente deberán identificar aquellos casos de personas en prisión preventiva que excedan el plazo y hacerlos del conocimiento de las autoridades competentes, para que realicen las acciones pertinentes ante la autoridad judicial que corresponda, para efectos de solicitar su libertad en lo que sigue el proceso, salvo que su prolongación se deba al ejercicio del derecho de defensa del imputado; e identificar a las personas mayores de setenta años que se encuentren en prisión preventiva, con las excepciones que establece la normativa aplicable, a fin de gestionar ante la autoridades competentes.
Finalmente, la Consejería Jurídica deberá analizar la información que le proporcione el trabajo interinstitucional, a efecto de detectar los casos que ameriten la excarcelación de personas privadas de su libertad en Centros Penitenciarios de la Ciudad de México.
De igual forma esta dependencia deberá gestionar la excarcelación de casos de personas privadas de su libertad en Centros Penitenciarios de la Ciudad de México.
El acuerdo entrará en vigor este viernes y dentro de un plazo no mayor a diez días hábiles, la Secretaría de Gobierno instalará el Comité y una vez que se encuentre instalado, contará con un plazo no mayor a quince días hábiles para emitir las Reglas de Operación.
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CAB