El Servicio de Administración Tributaria decidió que la CURP ya no será necesaria para dos trámites clave del organismo. Descubre cuáles son.
Durante muchos años, la Clave Única de Registro de Población (CURP) fue necesaria para realizar diversos trámites. Sin embargo, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha anunciado que dos trámites fundamentales para los contribuyentes personas físicas ya no requerirán la CURP, la cual antes era obligatoria.
Esta decisión forma parte de una serie de medidas implementadas por el organismo con el fin de simplificar ciertos procesos para los contribuyentes. Ahora, solo será necesario presentar un documento específico para completar dichos trámites.
El Servicio de Administración Tributaria decidió que la CURP ya no será necesaria para dos trámites clave del organismo. Descubre cuáles son.
Según un comunicado oficial del SAT, la CURP ya no será requerida para el trámite de inscripción en el RFC de personas físicas ni para la inscripción a la e.firma.
Desde octubre, quienes deseen realizar estos procesos solo deberán presentar una credencial para votar vigente, expedida por el INE, que tenga el campo de “domicilio” completo y legible.
Además, el comunicado aclara que las personas cuya e.firma haya vencido hace menos de un año no necesitan realizar el trámite de manera presencial, ya que pueden gestionarlo a través de los canales remotos. Sin embargo, si optan por hacerlo en las oficinas del SAT, el organismo indica que solo será necesario presentar la memoria USB e identificarse mediante la huella digital.
Esto tiene como objetivo simplificar ciertos trámites para todos los contribuyentes, por lo que ahora solo será necesario presentar un documento específico.
Con estas modificaciones, también se “otorgan facilidades a los contribuyentes que tributan en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO)” y se agiliza el proceso para obtener la Constancia de Situación Fiscal.
Además, se ha habilitado un nuevo documento para la consulta de datos, denominado Cédula de Datos Fiscales, y se realizaron diversas modificaciones al Régimen Simplificado de Confianza, las cuales pueden consultarse haciendo clic aquí.