
Una pareja echó a los locales de una playa en Progreso, acusándolos de contaminar tras una festividad.
En Progreso, Yucatán, surgió un nuevo conflicto por el acceso a las playas cuando una pareja mexico-canadiense intentó echar a los locales que celebraban a San Telmo, su santo patrono, en la playa.
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Los hechos ocurrieron el pasado 20 de abril, cuando la pareja se molestó porque los visitantes habían estacionado sus vehículos cerca de su casa, exigiendo que los retiraran de inmediato.
En un video compartido en redes sociales, se observa a los pobladores reconociendo que sus autos estaban estacionados en una zona de manglares, mientras el vecino, visiblemente alterado, les reclamaba.
Los asistentes a la playa aseguran que no molestaron a la pareja formada por un mexicano y una mujer canadiense; sin embargo, el vecino argumentó que, tras la festividad en honor a San Telmo, los visitantes dejan basura en la zona, la cual él mismo tiene que limpiar.
“Ustedes vienen a contaminar con sus put@s chelas y luego están bien pedos. Afectan a los peces. ¡Cuida la naturaleza, la naturaleza sí existe, cabrón!”, reclamó exaltado.
Según medios locales, la tensión entre la pareja y los pobladores aumentó al grado de que el alcalde de Progreso, Erik Rihani, acudió al lugar para intervenir en el conflicto.
Finalmente, los vehículos fueron retirados del área cercana a la vivienda del quejoso, pero la celebración continuó como cada año.
¿Se puede privatizar una playa en México?
En México, el acceso a las playas está garantizado por la Ley General de Bienes Nacionales, la cual establece que todas las playas son bienes de uso común y no pueden ser privatizadas.
Desde la reforma de 2020, el Artículo 8 de esta ley señala que el acceso a las playas marítimas y la zona federal marítimo terrestre no puede ser restringido, obstaculizado ni condicionado, salvo en los casos que establezca el reglamento.
Además, el Artículo 127 obliga a los propietarios de terrenos colindantes con la zona federal marítimo terrestre a permitir el acceso a las playas, incluso si no existen vías públicas cercanas. En estos casos, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) debe acordar con los propietarios la creación de accesos adecuados.
Para reforzar esta disposición, el Artículo 154 establece sanciones económicas de entre 3 mil y 12 mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) para quienes impidan el acceso a las playas. En caso de reincidencia, se puede revocar la concesión, autorización o permiso del propietario.