El árbitro finalmente confirmó el amparo, estimando que no existen elementos que sustenten la creación de una organización criminal para lavar dinero en favor de Cabeza de Vaca. Los tribunales federales han cancelado definitivamente el proceso y la orden de aprehensión contra Baltazar Higinio Reséndez Cantú y Juan Francisco Támez Arellano, los empresarios involucrados en el presunto lavado de 42.1 millones de pesos del exgobernador de Tamaulipas.
Los tribunales han dictaminado que no existen elementos que respalden los cargos de delincuencia organizada y lavado de dinero contra ninguno de los dos acusados. De las tres personas contra las que la Fiscalía General de la República (FGR) ejerció acción penal, solo una de ellas mantiene el cargo actual, que es precisamente el expresidente estatal, quien tiene un amparo en trámite contra la orden de aprehensión.
La teoría de la FGR en esta investigación es que Reséndez recibió contratos millonarios de obras públicas y luego desvió una parte del dinero a Támez, quien posteriormente compró el departamento de Cabeza de Vaca en la Ciudad de México por 42.1 millones de pesos.
Sin embargo, en el caso de Reséndez, el Primer Tribunal Colegiado de Apelaciones del Estado de México ratificó la no vinculación al proceso dictado por un juez de control, debido a que los argumentos presentados por la FGR resultaron inoperantes e ineficaces para impugnar el fallo emitido en la primera instancia.
El tribunal resolvió que “el recurrente no ataca efectivamente los diversos argumentos que, a juicio del juez de primera instancia, sustentaban al imputado, tales como que las pruebas contenidas en el expediente de investigación no demostraban los hechos delictivos de crimen organizado y operaciones con recursos de procedencia ilícita, ni la probable participación de Baltazar Higinio Reséndez Cantú en la comisión del delito”.
Reséndez fue arrestado el 1 de julio de 2021 en McAllen, Texas, e inmediatamente deportado a México. El 6 de abril salió del Centro Penitenciario del Altiplano, luego de que Enrique Beltrán Santés, juez de control del Centro de Justicia Penal Federal de Almoloya de Juárez, decidiera no vincularlo a proceso por falta de pruebas.
El fallo del juez se emitió en cumplimiento de una sentencia de protección y la FGR apeló la no vinculación, que fue confirmada posteriormente.
En el caso de Támez Arellano, quien nunca fue detenido, el Primer Tribunal Colegiado de Tamaulipas canceló definitivamente la orden de aprehensión en sentencia de fondo.
El árbitro finalmente confirmó el amparo, estimando que no existen elementos que sustenten la creación de una organización criminal para lavar dinero en favor de Cabeza de Vaca.
En este caso, se confirmó el amparo de primera instancia en el que un juez determinó que “no se puede decir que (los tres imputados) constituyeron una organización de facto para tal fin y menos que hubieran ocultado tales recursos, ya que quedó plenamente demostrado que los recursos fueron declarados en las respectivas declaraciones tributarias y patrimoniales”.
El juez Mauricio Fernández de la Mora fue el único que emitió un voto concurrente en este asunto, argumentando que la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación establece que los datos probatorios solo pueden ser evaluados por los jueces de control y no en el de tutela. Consideró que no había elementos para delito organizado ni lavado de dinero.
Según el expediente, entre el 9 de enero de 2013 y el 12 de enero de 2018, el Gobierno de Tamaulipas, bajo la gestión de Cabeza de Vaca, adjudicó siete contratos a las constructoras Inmobiliaria RC Tamaulipas y Barca de Reynosa, propiedad de Reséndez, por un total de 178.3 millones de pesos.
La Fiscalía afirmó en su escrito de acusación que en marzo y abril de 2018, la constructora trianguló una suma de 33.5 millones en dos transferencias a Támez Arellano. La aparente justificación fue pagar tres propiedades que Reséndez compró para sus hijos.
Al año siguiente, la empresa T Seis Doce, de la que Támez Arellano es accionista mayoritario y representante legal, adquirió el departamento de García Cabeza de Vaca en Santa Fe por 42.1 millones.
Para la justicia federal, no hay pruebas de que los contratos adjudicados hayan sido incumplidos y no hay evidencia de una conspiración para triangular recursos, además de que estos no son ilícitos porque provienen del erario.
El fallo a favor de Reséndez concluye que “solo hay una operación dividida en dos traspasos, que tiene que ver con un rancho y si en su momento tuvo los recursos, que hasta ahora no se ha demostrado que fueran ilegales, pues pudo haber hecho esa adquisición con los recursos que gestionaba; por lo tanto, no hay triangulación de recursos”.