Diputados proponen una multa de 2 mil a 3 mil pesos por dejar a mascotas en vía pública
Las Comisiones Unidas de Bienestar Animal y Administración y Procuración de Justicia del Congreso de la Ciudad de México, aprobaron un dictamen que reforma artículos de diversas leyes con el objetivo de proteger la integridad de los animales, lo que contempla pena de hasta 10 años de cárcel a quien le cause la muerte a un animal y hasta cuatro años a quien opere rastros clandestinos.
El dictamen plantea sancionar con una multa de 2 mil 178 hasta 3 mil 112 pesos, o arresto de 25 a 36 horas, incluso, trabajo comunitario de 12 a 18 horas a quien abandone en la vía pública a un animal de compañía.
La legisladora del PAN, Ana Villagrán, promovente de la iniciativa, dijo que esta conducta, de acuerdo con el planteamiento inicial, sólo implicaría trabajo comunitario y arresto de unas horas; “y eso no bastaba, pues estamos hablando de la vida de un ser sintiente”.
El presidente de la Comisión de Bienestar Animal del Congreso de la Ciudad de México, Jesús Sesma, consideró un logro para los seres sintientes no humanos de la ciudad la aprobación del dictamen que es resultado de ‘un año de análisis y discusión de los diputados de las comisiones unidas de Administración y Procuración de Justicia y de Bienestar Animal’.
Sesma recordó que dos iniciativas que forman parte del dictamen aprobado ayer fueron la reforma al artículo 350 Bis del Código Penal, para que ‘quien dolosamente maltrate o sea cruel contra algún ejemplar de cualquier especie animal y le cause lesiones, daño o alteraciones en su salud, se le imponga de uno a tres años de prisión y de 300 a 500 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente’.
Este documento incluye modificaciones a la Ley de Cultura Cívica, al Código Penal y a la Ley de Bienestar local.
Asimismo, quedará prohibido cualquier tipo de alteración o mutilación con fines estéticos o que no tengan un fin médico veterinario relacionado con la salud del animal. A esto se suma el criar, enajenar o adquirir animales de compañía para consumo humano y la venta de animales mutilados con fines estéticos.
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Quien utilice a un animal con fines sexuales, se le impondrá de uno a tres años de prisión, y de 51 mil 870 a 103 mil pesos de multa.
Esto contempla acciones como práctica de actos de zooerastia, la promoción y difusión que incite a la misma, así como la venta, distribución y exhibición de material pornográfico de animales.
Se establece que a quien administre, establezca, organice o patrocine cualquier espacio destinado al sacrificio o matanza de especies de animales destinadas al abasto sin la autorización, aviso o permiso necesario vigente se le impondrá de dos a cuatro años de prisión y una multa de 103 mil a 578 mil pesos, así como la clausura por el mismo tiempo que la pena de prisión impuesta.
También a quien dolosamente cometa actos de maltrato o crueldad en contra de algún ejemplar de cualquier especie animal provocándole la muerte, se le impondrán de dos a seis años de prisión y multa de 62 mil 244 a 124 mil 488 pesos.
El dictamen será discutido en el siguiente periodo ordinario de sesiones que arranca el próximo 1 de febrero.
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CAB