Los establecimientos mercantiles que expendan alimentos preparados y que cuenten con autorización para la venta de bebidas alcohólicas al copeo, podrán vender
Por el Día de Muertos se realizarán una serie de eventos en la Ciudad de México, tanto a nivel capital, como en cada alcaldía.
En este contexto, en algunas demarcaciones se decretó la Ley Seca durante este fin de semana.
De acuerdo con la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, hasta el momento, solo una de las 16 alcaldías capitalinas tiene previsto prohibir la venta de alcohol durante las fiestas por el Día de Muertos.
La alcaldía Tláhuac informó que del 31 de octubre al 2 de noviembre se prohibirá la venta de alcohol en el perímetro que comprende los Pueblos de San Pedro Tláhuac, San Andrés Mixquic y sus colonias.
En la Gaceta Oficial capitalina, la alcaldía detalló que la medida estará vigente desde las 00:00 horas del lunes y hasta las 12 de la noche del 2 de noviembre.
Detalles
La prohibición estará vigente en los establecimientos mercantiles que expendan bebidas alcohólicas de cualquier graduación o que se instalen temporalmente en la vía pública, tales como vinaterías, tiendas de abarrotes, supermercados con licencia para venta de vinos y licores, tiendas de autoservicio, tiendas departamentales.
Asimismo, en cualquier establecimiento mercantil similar en el que se expendan bebidas alcohólicas de cualquier graduación, incluyendo el servicio a domicilio o para llevar, en el que se comercialice u obsequien bebidas alcohólicas, cantinas, pulquerías, bares, cervecerías, peñas, cabarets, centros nocturnos, discotecas, salones de baile y cualquier otro similar, o aquellos que se instalen temporalmente con motivo de esa festividad en la vía pública.
También prohíbe la venta y expendio gratuito de bebidas alcohólicas en el interior de ferias, romerías, kermeses, festejos populares y otros lugares en que se presenten eventos similares.
Los establecimientos mercantiles que expendan alimentos preparados (no botana) y que cuenten con autorización para la venta de bebidas alcohólicas al copeo, podrán vender bebidas alcohólicas solamente durante el horario indicado en su permiso.
Las violaciones a la prohibición serán sancionadas conforme a Ley de Establecimientos Mercantiles para la Ciudad de México, la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México, el Reglamento de Verificación Administrativa del Distrito Federal y demás disposiciones aplicables.
Las sanciones van desde servicio comunitario hasta multas económicas de 2 mil 20 pesos a 2 mil 886 pesos, así como arresto de 25 a 36 horas.
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CAB