La resolución representa el cuarto amparo otorgado por este juzgador federal a Cuauhtémoc Gutiérrez de la Torre
El juez de Distrito Erik Zabalgoitia Novales otorgó un amparo al ex presidente del PRI en la Ciudad de México, Cuauhtémoc Gutiérrez de la Torre, que revoca el auto de formal prisión que se le dictó el pasado 4 de enero por los delitos de trata de personas y asociación delictuosa, pero solamente para el efecto de que se reponga el proceso y se vuelva a dictar su resolución.
La resolución del Juzgado Décimo Cuarto de Distrito de Amparo en Materia Penal de la Ciudad de México no implica la libertad del imputado por los delitos de trata de personas en las modalidades de explotación sexual agravada y publicidad engañosa, así como por el delito de asociación delictuosa.
Esto, ya que el amparo concedido al dirigente priista no es definitivo y además enfrenta un segundo auto de formal prisión por delitos similares derivados de una segunda denuncia presentada por otro grupo de víctimas.
La resolución dictada por el juez Zabalgoitia Novales es el cuarto amparo que este funcionario judicial concede directamente a Cuauhtémoc Gutiérrez entre 2015 y 2022, tres de los cuales han sido revertidos por el Quinto Tribunal Colegiado en Materia Penal de la Ciudad de México, debido a las deficiencias que presentan sus sentencias sobre este caso.
Además, el pasado 21 de abril le concedió una suspensión de amparo para el efecto de que no se le pueda dictar sentencia en la causa penal que se le sigue por las denuncias presentadas en su contra por seis mujeres que fueron víctimas de la red de trata de personas que montó cuando era presidente del PRI en la Ciudad de México, partido en el que sigue gozando de todos los derechos y prerrogativas.
De acuerdo con el expediente del amparo 44/2022, el auto de formal prisión que se le dictó a Gutiérrez de la Torre por la Jueza Décimo Séptima de Primera Instancia del Ramo Penal de la Ciudad de México “no estuvo apegado a la legalidad, ya que no fundó, ni motivó adecuadamente” las razones por los cuales es la autoridad competente para resolver esta causa penal.
El amparo otorgado por el juez Zabalgoitia también afirma que la juzgadora penal tampoco valoró “de forma debida y suficiente” los medios de prueba que presentó la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México (FGJCDMX), ya que “la autoridad responsable incurrió en algunos casos en una falta de valoración y en otros en una indebida e insuficiente valoración, de los medios de prueba”.
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La falta, indebida e insuficiente valoración de los medios de prueba impactó en el debido estudio de todos los elementos constitutivos de cada uno de los delitos reprochados, señala el amparo para efectos
Esto habría derivado en violaciones a los derechos de legalidad y seguridad jurídica del imputado.
Sin embargo, el juzgador federal no le otorgó la libertad al quejoso, ya que la sentencia del amparo solamente obliga a la jueza Décimo Séptimo de lo Penal en la Ciudad de México a emitir una nueva resolución en la que se pronuncie sobre la competencia para conocer y resolver sobre este, así como para que analice de nueva cuenta los medios de prueba existentes, con el propósito de que emita una nueva resolución “congruente, coherente, completa, fundada y motivada”.
Debido a que la juez local tiene libertad de jurisdicción puede volver a dictar el auto de formal prisión contra el dirigente priista, pero cumpliendo con los lineamientos que le impuso el juez federal.
Consultados por separado, la Fiscalía capitalina y la asesoría jurídica de varias de las víctimas anunciaron que interpondrán el recurso de revisión correspondiente, con el fin de impugnar el fallo y lograr que el amparo otorgado a Cuauhtémoc Gutiérrez sea revocado.
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CAB