El Pleno de la SCJN analizará en sesión este martes la presunta inconstitucionalidad de la Ley de la Industria Eléctrica (LIE)
El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que la ministra Loretta Ortiz Ahlf no está impedida para participar en la discusión de la acción de inconstitucionalidad presentada por senadores de la oposición contra la Ley de la Industria Eléctrica (LIE).
Por nueve votos, los integrantes de la Corte desestimaron el impedimento planteado por los mismos senadores de la oposición que tramitaron la acción de inconstitucionalidad quienes consideraron que Ortiz Ahlf podía tener un conflicto de interés en el caso por haber sido diputada de Morena, partido que impulsó la LIE.
Únicamente los ministros Alberto Pérez Dayán y Norma Lucía Piña Hernández votaron por declarar que Ortiz Ahlf sí está impedida para votar en el caso.
En consecuencia, la ministra comenzó a exponer el proyecto que realizó en el que propondrá declarar válida la LIE.
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El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizará en sesión este martes la presunta inconstitucionalidad de la Ley de la Industria Eléctrica (LIE).
La SCJN admitió en mayo de 2021 una controversia constitucional de la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) contra la reforma por considerar que vulnera la competencia al favorecer a la Comisión Federal de Electricidad (CFE). Actualmente, la Ley de la Industria Eléctrica se encuentra suspendida.
El presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, a través de la Secretaría de Energía (Sener), publicó en marzo de 2021 en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica (LIE).
Dich decreto modifica los artículos 3, 4, 12, 26, 35, 53, 101, 108 y 126 de la citada ley, que surgió de una iniciativa preferente que remitió el titular del Ejecutivo Federal a la Cámara de Diputados el pasado 1 de febrero.
La reforma planea cambiar el criterio de despacho eléctrico para priorizar siempre la generación de las plantas viejas y de combustibles fósiles de la CFE sobre las centrales privadas de renovables, además de revisar de forma retroactiva los contratos con el Gobierno.
Además, establece la obligación de que los permisos a que se refiere la LIE se encuentran sujetos a los criterios de planeación del Sistema Eléctrico Nacional emitidos por la Secretaría de Energía.
También precisa que el otorgamiento de Certificados de Energías Limpias (CEL) no dependerá de la propiedad o la fecha de inicio de las operaciones comerciales en las centrales eléctricas y además elimina la obligatoriedad de comprar por subastas para el Suministrador de Servicios Básicos.
Este debate en la Suprema Corte llega además cuando en el Legislativo se debate la reforma constitucional al sector energético, que impulsada por López Obrador, busca limitar a un 46 por ciento la participación del sector privado en la generación de electricidad.
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CAB