Adalina Dávalos Martínez buscó la figura del amparo tras los cateos realizados en las propiedades de Jaime Rodríguez Calderón
El Juzgado Primero de Distrito en Materia Penal negó el amparo definitivo que buscó Adalina Dávalos Martínez, esposa del ex gobernador Jaime Heliodoro Rodríguez Calderón, El Bronco, quien se encuentra detenido en el Penal de Apodaca 2 desde hace dos semanas por presuntos delitos electorales.
Según el listado de acuerdos del Consejo de la Judicatura Federal, en el Juzgado Primero de Distrito en Materia Penal se negó el amparo definitivo que buscaba la esposa del exgobernador.
“Se niega a la parte quejosa la suspensión definitiva que solicita contra los actos que reclama de las autoridades responsables precisadas en el considerando segundo de esta resolución. Notifíquese por lista a las partes en términos de la ley”, refiere el expediente 236/2022
Adalina Dávalos buscó la figura del amparo luego de los cateos que realizaron a dos propiedades de Jaime Heliodoro en los municipios de García y Galeana, respectivamente.
En la propiedad de Galeana se le incautaron 2 millones 100 mil pesos, dos cajas fuertes de las cuales una contenía 4 mil 500 pesos y dos armas de uso exclusivo del Ejército Mexicano.
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Por otro lado, el Juzgado Segundo de Distrito en Materia Penal admitió a trámite un amparo que busca obtener el exdirector de Protección Civil, Miguel Ángel Perales Hernández.
Aunque no se tiene detalle del motivo, ya el gobernador Samuel García Sepúlveda ha denunciado públicamente que dicha dependencia facturó recursos para una de las empresas favoritas del ex gobernador, sin dar más detalles al respecto.
“Vista la demanda de Amparo se admite a trámite. Fórmese por separado y duplicado el incidente de suspensión respectivo.
Sí pese a las partes a la celebración de la audiencia constitucional, la que se verificará a las 9:00 horas con veinticinco minutos del 29 de abril del 2022 y entréguese copia simple de la demanda de Amparo al agente de Ministerio Público federal adscrito.
En el entendido de que, en caso de diferimiento de la audiencia constitucional, no será necesario hacer saber a las partes”, refiere el expediente 316/2022
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CAB