En julio del presente año, se amparó al empresario de toda responsabilidad en el delito de tortura en agravio de la periodista Lydia Cacho
El empresario Kamel Nacif Borge promovió un amparo con el cual pretende que se obligue a la Fiscalía General de la República (FGR) que le permita tener acceso a la carpeta de investigación iniciada en su contra a partir de una denuncia de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) por su probable responsabilidad en el delito de defraudación fiscal y posiblemente lavado de dinero.
Sin embargo, Augusto Octavio Mejía Ojeda, juez Tercero de Distrito de Amparo en materia Penal, no admitió a trámite la demanda. El juzgador dio un plazo de cinco días a Kamel Nacif para que informe de forma clara y precisa qué actos desea reclamar.
En su petición de amparo, el empresario pidió la protección de la justicia contra actos del titular de la Unidad Especializada en Investigación de Delitos Fiscales y Financieros de la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delitos Federales de la FGR.
Lo anterior, por el “retardo en la impartición de justicia, relacionado con integración y determinación de la carpeta de investigación”.
En septiembre de 2020, la UIF denunció a Kamel Nacif porque detectó transacciones inusuales e irregulares que presuntamente realizó entre enero y octubre de 2010 en Intercam Casa de Bolsa.
También descubrió la compra de 17 cheques por más de 5 millones 349 mil dólares, venta de cheques por 9 millones 264 mil dólares, una transferencia de un millón de dólares que Rosa Lisette Nacif, hija del empresario, habría depositado en Inmobiliaria Cuadros, de la que su padre es representante legal y accionista. De igual manera, por transferencias de 320 mil dólares a empresas ubicadas en Taiwán y Chipre.
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Kamel Nacif, según la denuncia realizó operaciones por un monto acumulado de mil 223 millones 328 mil pesos, desde el 11 de junio de 2007 al 20 de marzo de 2020. Este asunto no guarda relación con el caso de la periodista Lydia Cacho, quien lo denunció por tortura.
En julio del presente año, el Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito amparó al empresario y lo deslindó de toda responsabilidad en el delito de tortura en agravio de la periodista, fallo que echó abajo la orden de aprehensión en su contra y que es inapelable.
El Tribunal que amparó a Kamel Nacif determinó que ninguno de los funcionarios que participaron en la detención de la escritora manifestó haber recibido órdenes para torturarla por publicar el libro Los Demonios del Edén, punto en el que se basó la acusación.
Los magistrados puntualizaron que en la averiguación previa se señalan diversas circunstancias contra Kamel Nacif, pero ni una tiene que ver con el cuerpo del delito.
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CAB