El pleno de Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló con 8 votos a favor y 3 en contra la constitucionalidad de la prisión preventiva de hasta 5 meses a menores de edad que cometen delitos considerados como graves.
La Ley General del Sistema Integral de Justicia para Adolescentes prevé el internamiento preventivo a jóvenes mayores de 14 años y menores de 18 años hasta que el juez les dicte sentencia.
El análisis por parte del Máximo Tribunal surgió después de que la Comisión Nacional de Derechos Humanos había alegado que la prisión preventiva sólo era constitucional en el caso de un juez declarara culpable al menor, por lo cual el internamiento representaría una violación a su presunción de inocencia.
El ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo mencionó que ” la medida de internamiento también tiende a la protección del adolescente que se ve involucrado en la comisión de delitos graves e impactantes para la sociedad”.