La iniciativa de Morena se anunció el 28 de septiembre, día en que se conmemora el día internacional del aborto seguro.
Con una sesión extraordinaria, en la que se discutirán los dictámenes para reformar y adicionar diversos conceptos en la Ley de Salud y en el Código Penal del Estado, relacionados con la despenalización del aborto, concluirá este jueves, los trabajos de la LXIII Legislatura de Sinaloa.
El presidente de la Diputación Permanente dio a conocer que en esta última sesión que le corresponde a los miembros de la actual legislatura, se abordará el dictamen, consistente en la derogación del capítulo VI y su denominación, del Título Primero, “Delitos contra la Vida y la Salud Personal”.
El grupo parlamentario de Morena presentó una iniciativa que obedece a la sentencia dictada el 7 de septiembre en el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre la inconstitucionalidad del Código Penal de Coahuila, cuya trascendencia es hacia todo el país.
La iniciativa de Morena se anunció el 28 de septiembre, día en que se conmemora el día internacional del aborto seguro.
En el documento, firmado por los legisladores morenistas, se indicó que se trata de eliminar el capítulo VI y su denominación, del Título Primero, “Delitos contra la Vida y la Salud Personal”, de la Sección Primera, “Delitos contra el Individuo”, del Libro Segundo, “Parte Especial“, y sus artículos 154, 155, 156, 157 y 158 del Código Penal.
También se adicionan los artículos 4 Bis 2 y 4 Bis 3, y se reforma el artículo 26 de la Ley de Salud, ambas de la entidad. En estos últimos se establece la garantía para que las mujeres y personas gestantes puedan abortar sin ser criminalizadas y, en cambio, las instituciones de Salud en el Estado prevean la disponibilidad médica y de enfermería para poder desarrollarlos.
También se incluye el apartado de objeción de conciencia, pero como se estableció por la Suprema Corte de Justicia, con la obligatoriedad de tener personal en todas las clínicas y hospitales que estén de acuerdo a la práctica y acompañamiento del aborto, así como que esta no pueda ser invocada en caso de riesgo de vida de la paciente.
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