El Gobierno de México expropió más de 109 hectáreas de terreno para la construcción del aeropuerto Felipe Ángeles en Santa Lucía
El gobierno federal publicó el decreto por el que expropia 109 hectáreas, 66 áreas, 87 centiáreas y 671 miliáreas de terrenos de propiedad privada, por motivos de utilidad pública para la construcción del Aeropuerto Internacional Civil y Militar “General Felipe Ángeles” en Santa Lucía, Estado de México.
En el Diario Oficial de la Federación (DOF) apareció publicado el decreto de expropiación en favor de la federación, con destino a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena).
Los predios expropiados están ubicados en los ejidos de Santiago Atocan, perteneciente al municipio de Nextlalpan; San Lucas Xoloc, en Zumpango y Xaltocan, en los municipios de Nextlalpan y Tecámac, todos ellos en el Estado de México.
La expropiación incluye las construcciones e instalaciones que se encuentren en los terrenos.
El decreto señala que la Sedena “procederá de inmediato a tomar posesión definitiva de los bienes materia de la expropiación” y cubrirá las indemnizaciones con su presupuesto “de conformidad con los avalúos emitidos por el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales”.
“Asimismo, las demás erogaciones que se generen con motivo de la entrada en vigor del presente Decreto, se realizarán con cargo al presupuesto aprobado a dicha Secretaría para el presente ejercicio fiscal y, en su caso, los subsecuentes, por lo que no se autorizarán recursos adicionales para tales efectos”, señala
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Dispone que se notifique personalmente a las personas afectadas por las expropiaciones sobre el avalúo que fije el monto de las indemnizaciones, dentro de quince días hábiles.
Los dictámenes valuatorios se realizaron el 19 de marzo, 26 de abril, 25 de mayo y el 23 de junio de este año. A partir de esto se determinó el costo por metro cuadrado que se debía pagar a las personas propietarias como indemnización por la expropiación.
La expropiación se realizó con fundamento en el artículo 27 constitucional, primero de la Ley de Expropiación, 37 de la Ley de Aeropuertos, 143 de la Ley General de Bienes Nacionales, 29 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y el primero de la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.
Aunque los terrenos son propiedad privada resultaron ser “los adecuados e idóneos para las obras e instalaciones necesarias para la construcción del aeropuerto” por su ubicación estratégica.
El Plan Maestro del nuevo aeropuerto incluye la reubicación de instalaciones militares y la ampliación de la superficie del proyecto, como áreas de amortiguamiento acústico, de seguridad, infraestructura aeroportuaria, servicios complementarios y de interconexión.
Además considera a la base de Santa Lucía “el eje del Sistema Aeroportuario Metropolitano”, como un “nodo estratégico de comunicación aeroportuaria”.
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CAB