Esta disposición legal tiene carácter temporal. Estará vigente sólo durante el tiempo que dure la emergencia sanitaria
El Congreso de Michoacán aprobó la iniciativa de ley presentada por el gobernador Silvano Aureoles, que obliga al uso del cubrebocas en espacios públicos.
En sesión este martes, el organismo aprobó penal la falta del material médico en la vía pública, espacios cerrados y transporte público.
Según lo establecido, esta disposición legal tiene carácter temporal. Estará vigente sólo durante el tiempo que dure la emergencia sanitaria.
“Arresto administrativo domiciliario hasta por 36 horas, cuando haya negativa del uso correcto y la portación del cubrebocas, sin perjuicio de las penas que correspondan cuando las acciones u omisiones sean constitutivas de delitos o de otras sanciones administrativas”, expone la ley
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Cabe destacar que las sanciones que considera la legislación abarcan desde un llamado de atención verbal, hasta el arresto domiciliario por 36 horas; sin embargo, no habrá multas ni trabajo comunitario, como se estableció en un principio.
También apunta que quedan exentos de la aplicación de esta ley las personas inmunodeprimidas, asmáticas, con fibrosis quística, cáncer o lesiones faciales.
Lo mismo aquellos así con trastornos cognitivos, respiratorios o auditivos, discapacidades u otros desórdenes de salud que pudieran interferir con el uso correcto del cubrebocas. Finalmente, también se exime su aplicación al momento de consumir alimentos y bebidas.
No obstante, queda dictaminado que los concesionarios del transporte público serán multados con hasta 2 mil 688 pesos, en caso de omitir el cubrebocas en los vehículos.
La legislación entrará en vigor una vez que sea publicada en el Periódico Oficial.
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CAB