El proceso podrá realizarse en la plataforma digital www.deudoscovid.gob.mx. Los apoyos se distribuirán a través del Sistema Nacional DIF
Este miércoles, a partir de las 9:00 h, los familiares de personas que murieron por coronavirus podrán realizar el registro para solicitar el Apoyo para Gastos Funerarios a Familiares de Personas Fallecidas por COVID-19.
El proceso podrá realizarse en la plataforma digital www.deudoscovid.gob.mx. Los apoyos se distribuirán a través del Sistema Nacional DIF.
Según informó el director general del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Zoé Robledo, durante su participación en la conferencia matutina en Palacio Nacional, se otorgará una solicitud por persona fallecida y no se requiere ser derechohabiente de alguna institución de seguridad social.
Respecto al monto de 11 mil 460 pesos que se entregará, explicó que esta cantidad fue definida hace varios meses por la Junta de Gobierno del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (SNDIF) para un programa similar.
Robledo Aburto destacó que este trámite es voluntario y que el periodo para solicitarlo es de un año a partir de la fecha de defunción del familiar.
Según explicó, la vigencia es a partir del 18 de marzo de 2020 y hasta la publicación de la declaratoria oficial del fin de la emergencia sanitaria por Covid-19.
Asimismo, explicó que los beneficiarios que pueden solicitarlo son familiares de la persona muerta; solamente tienen que ser mayores de 18 años, y pueden ser “esposos, esposas, parejas, hijas e hijos, madres y padres”.
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Respecto a los requisitos, explicó que se debe contar con el acta de defunción; misma en la que se especifique que la causa de muerte fue por COVID-19. Como añadido, se debe realizar una declaratoria bajo protesta de decir verdad de que estos recursos serán utilizados para el apoyo de la economía familiar derivado del gasto funerario, y acreditar el parentesco.
Asimismo, indicó que una vez que se hace la solicitud en la plataforma, se tiene un tiempo de espera de una semana. “Porque prevemos que puede llegar a haber casos en donde otro familiar solicite el beneficio para la misma persona”, dijo. Agregó que en esta situación, los lineamientos del DIF establecen los criterios de quién es la persona beneficiaria.
El director general del IMSS destacó que las páginas de internet de las dependencias del gabinete de Salud tendrán una liga para direccionar a la plataforma www.deudoscovid.gob.mx, a fin de llevar a cabo el registro y la consulta del estatus de su trámite.
Respecto al trámite, detalló que entre los pasos para la solicitud del apoyo se debe registrar la CURP de la persona extinta; adjuntar el archivo del acta de defunción; el registro de los datos generales del beneficiario, identificación oficial y un documento que acredite el parentesco.
Precisó que en la página se establece un mecanismo para la entrega del pago; que puede ser por transferencia bancaria o mediante la generación de un folio que se puede cobrar directamente en ventanillas de los bancos.
Finalmente, Zoé Robledo dijo que en casos donde no se cuente con internet, se está trabajando con el DIF para que el beneficiario acuda a sus oficinas para pedir informes.
“Ahí va a haber kioscos y personal capacitado para hacer este procedimiento con la persona y acompañarlo”. En el caso de no contar con la documentación, el área de Trabajo Social del DIF les brindará asistencia, concluyó.
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CAB