Por teleconferencia, el dictamen se aprobó por 49 votos a favor, nueve en contra y cinco abstenciones; sin ningún debate de por medio
El día de hoy, el Congreso de la Ciudad de México aprobó sancionar con penas de hasta cinco años de prisión y cien horas de trabajo las llamadas terapias de conversión sexual que impliquen el uso de violencia física y/o psicoemocional.
Por teleconferencia, el dictamen se aprobó por 49 votos a favor, nueve en contra y cinco abstenciones, sin ningún debate de por medio. Previo a la discusión, se rechazó una moción suspensiva y una reserva que promovió el diputado Fernando Aboitis Saro.
Ante la aceptación, el presidente de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia, Eduardo Santillán Pérez, afirmó que la nueva reforma al Código Penal “pone a la ciudad a la vanguardia en el país y en América Latina” en la protección de los derechos humanos.
En detalle, Santillán aclaró que la reforma no persigue ni criminaliza el derecho de las personas a tener acompañamientos psicológicos, médicos, espirituales, morales y religiosos para buscar modificar su orientación sexual; sino que establece un nuevo paradigma en la terapia.
De hecho, la reforma no prohíbe este tipo de sesiones. El cambio aprobado incorpora dentro del capítulo de delitos contra el libre desarrollo de la personalidad un artículo que las define como:
“prácticas consistentes en sesiones psicológicas, psiquiátricas, métodos o tratamientos que tengan por objeto anular, obstaculizar, modificar o menoscabar la expresión o identidad de género; así como la orientación sexual de la persona, en las que se emplea violencia física o psicoemocional, mediante tratos crueles, inhumanos o degradantes que atenten contra la dignidad humana”
Asimismo, establece un aumento de la mitad de la pena, además de la persecución del oficio, para aquellas sesiones que se impongan a menores de dieciocho años de edad; así como a personas que no tenga capacidad para comprender el significado del hecho o la capacidad de resistir la conducta.
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CAB