Esta iniciativa es considerada como histórica pues por primera vez se contempla a los animales matados para consumo humano
El viernes 5 de abril pasará a la historia por lograr algo que se a clamado por mucho tiempo: castigar a quien incurra en actos de maltrato animal.
Diputados locales de Jalisco aprobaron en el pleno tipificar como delito los actos de tortura, maltrato y crueldad animal, incluso respecto a los rastros que no cumplan con las Normas Oficiales Mexicanas (NOM) establecidas para ello.
La iniciativa histórica para reformar el Código Penal en el Capítulo de Crueldad hacia los Animales, fue presentada por el diputado Salvador Caro Cabrera el pasado 20 de febrero.
Lo que convierte en histórica esta iniciativa es que por primera vez se contempla expresamente a los animales matados para consumo, convirtiendo en delito la falta de aturdimiento antes de su matanza así como el incumplimiento de las normas federales en la materia y en materia ambiental que aseguran que los animales no sean víctimas de extrema crueldad. También inhabilita a los culpables para trabajar con animales por 3 años y en caso de reincidencia para volver a trabajar con ellos.
La propuesta consiste en una reforma a los artículos 305, 306, 306 Bis, 306 Ter y 308 del Código Penal de Jalisco que endurece las sanciones y aclara conceptos, además de incluir a los animales de granja dentro de su marco jurídico de protección.
Se incrementará la pena y se confiscarán los animales a quien a través de la tortura o extrema brutalidad realice actos de crueldad o muerte a los animales.
Quien no utilice los métodos establecidos en la NOM en la materia y sacrifique a un animal para abasto de alimentos prolongando su agonía o la muerte se castigará con cárcel y una multa de 400 a 100 veces el valor de la medida y actualización.
Se considerará como acto de maltrato y crueldad animal:
- Omitir el brindar la atención médica veterinaria
- Provocar o inducir a los animales para que se ataquen entre ellos
- Que ataquen a las personas siendo inducidos por los propietarios
- Privar de aire, luz, alimento, agua, abrigo
- No brindar un espacio acorde a su especie, o que éste le cause daño al animal
También se impondrá una pena de dos a tres años de prisión, a quien abandone animales en la vía pública o desatienda a sus mascotas por tiempos prolongados en propiedad privada, y esto comprometa la integridad del animal.
Contenido relacionado