El Tribunal Supremo de Estados Unidos permitió la entrada en vigor por completo del veto migratorio de Donald Trump, el cual prohíbe el ingreso a nacionales provenientes de países de mayoría musulmana
En una breve orden judicial, el Tribunal Supremo aprobó una petición del Gobierno de Estados Unidos para que se eliminaran las restricciones impuestas por cortes inferiores a la última versión del veto migratorio proclamado el 24 de septiembre.
En el momento de su entrada en vigor, el 18 de octubre, dos jueces -primero uno de Hawái y, luego, uno de Maryland- bloquearon la implementación de ese veto al considerar que podría dirigirse contra una minoría religiosa y, por tanto, violar la Primera Enmienda de la Constitución, que protege la libertad de culto.
No obstante, esos jueces permitieron la entrada en vigor de ese veto para Corea del Norte y Venezuela, países donde viven muy pocos musulmanes y donde, por tanto, no pudo probarse que Trump buscaba discriminar a los miembros de esa religión, el argumento usado para las otras seis naciones. Las restricciones relativas a Venezuela no se aplican a toda la población, sino a algunos funcionarios y su “familia inmediata”.
El Tribunal Supremo no dio a conocer hoy las razones que le guiaron a la hora de tomar su decisión, pero dijo que espera que las cortes inferiores revisen lo antes posible los asuntos que tienen pendientes para que pueda haber una decisión definitiva a nivel federal. Las juezas progresistas Ruth Bader Ginsburg y Sonia Sotomayor se mostraron en desacuerdo parcialmente con la decisión del tribunal.
Justo esta semana, tienen previsto celebrar audiencias para estudiar la legalidad del veto migratorio el Tribunal de Apelaciones del Cuarto Circuito, con sede en Richmond (Virginia), y el Tribunal de Apelaciones del Noveno Circuito, con sede en San Francisco (California).
Imagen: @realDonaldTrump
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